11/07/2016
SOLIDARIDAD ENTRE FAMILIARES, precedente judicial que tiene como fundamento la solidaridad para con los adultos mayores.
El fallo, establece que "los hijos y nietos mayores de edad se encuentran obligados a prestar alimentos a padres y abuelos independientemente de que el alimentado alguna vez haya tenido bienes y los hubiera gastado indebidamente, o de los enconos que pudieran haber enturbiado la relación entre ellos".
Es un caso inverso a los que se ven comunmente en Tribunales, generalmente son los padres quienes deben ser intimados a asistir económicamente a sus hijos e hijas. Este hombre alegó que sólo cobra 4 mil pesos de jubilación.