04/06/2021
“La opinión del niño es importante. Pero no conforma la decisión. Cuando uno de los progenitores alega que el hijo se “aburre” con el otro, y por eso no quiere permanecer el período de convivencia ya establecido, recuerde que ser padre o madre no es trabajar de Piñon Fijo. La crianza de un hijo tiene fases de aburrimiento.”
"Mi hijo se aburre y no quiere ir con el padre (o madre)"
De acuerdo a lo dispuesto por el art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y art. 27 de la ley 26.061, el niño tiene el derecho – no la obligación - a ser escuchado en todo procedimiento administrativo o proceso judicial que lo afecte, y a que su opinión sea tenida en cuenta en función de su edad y grado de madurez.
En un párrafo magistral, el profesor español Rivero Hernández sintetiza el fundamento de este derecho y garantía de procedimiento, al afirmar que “es consustancial al ser humano la pretensión de configurar su propia vida mediante el ejercicio de su libertad y opciones vitales. Por ello, estímase conveniente (por adecuado a la “naturaleza de las cosas”), incluso necesario, el apelar al propio menor, a su opinión, voluntad, sensibilidad y demás, en la búsqueda y determinación de su mejor interés, para lo que puede aportar datos de especial relevancia subjetiva y objetiva. No se olvide nunca, por otro lado, que es el protagonista principal y afectado más directo en la situación conflictiva en que se debate sobre su interés, sujeto activo y no pasivo, por más que otros actúen en su nombre y para él: se trata de sus derechos y de su interés”.
Ahora, cuidado con lo siguiente.
1.- La opinión del niño es importante. Pero no conforma la decisión. Cuando uno de los progenitores alega que el hijo se “aburre” con el otro, y por eso no quiere permanecer el período de convivencia ya establecido, recuerde que ser padre o madre no es trabajar de Piñon Fijo. La crianza de un hijo tiene fases de aburrimiento.
2.- “No hay ningún impedimento para que mi hijo de 6 años vea al padre o madre, pero no lo voy a obligar”. Ok, mañana el niño dice que no quiere ir a la escuela, al pediatra, conocer a la nueva pareja o acudir a la fiesta de nochebuena con toda la familia... ¿Y ese mismo padre o madre va a decir “no lo voy a obligar si no quiere”?. Los niños deciden que dibujitos ver en Youtube, no si un padre o madre, competentes, los van a criar.
3.- Los pseudo argumentos hay que cortarlos de raíz. Un magistrado de familia asturiano, Ángel Luis Campo-Izquierdo, afirma con ironía que si es el hijo quien decide, entonces la madre o el padre conviviente tienen que marcharse de la audiencia porque no interesan en el procedimiento, debiendo el juez hablar únicamente con el niño y el progenitor no custodio.
Los jueces gestionan conflictos familiares. Y todos los niños, en algún momento del día o la semana, se aburren. Justifica una intervención del ETI y una sentencia? Mi opinión es que en tanto el niño concurra sin dificultades con el padre o madre aburridor, constituye una causa no justiciable.