28/03/2025
En el marco de un proceso por alimentos, y en virtud del principio de solidaridad familiar, fallo extendió la obligación alimentaria del padre incumplidor a su actual cónyuge, responsabilizándola solidariamente por el pago de la cuota fijada a favor de la hija adolescente de aquel. Se consideró que la ayuda económica directa brindada por el demandado a su hija no suple ni exime el cumplimiento de la obligación alimentaria oportunamente establecida en sede judicial.
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