Judiciales Autoconvocados

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09/06/2017

Analizaron la actualidad del sector en Sáenz Peña y buscan resolver la "acuciante situación de paro en la Justicia".

Excelente Fallo!!!
09/06/2017

Excelente Fallo!!!

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia hizo pública una sentencia en la que declara la in

24/01/2017

Los Trabajadores Judiciales Autoconvocados con profundo dolor acompañamos a la familia del querido compañero Marcelo Lucio Viturro Flores, y rogamos por su eterno descanso. Q.D.E.P.

20/12/2016

QUE EL PUEBLO DEL CHACO SEPA QUE LA LEY DE EMERGENCIA ES SOLO PARA LOS JUDICIALES
SANCIONADA POR CORRUPTOS Y SUS CÓMPLICES. ESTA ES LA VERDAD.
Que El diputado del Interbloque Cambiemos, Livio Gutierrez, argumentó: "nuestro bloque ya ha tenido en su momento una postura definida, en principio entendemos que la emergencia ya no es tal, porque posteriormente a la ley 7751 se sancionó 7782 y esta última contiene la autorización de un crédito de 4 mil millones para pagar estas sentencias, y esto implica que todo lo que tiene que ver con cuentas públicas no podría estar embargado porque la plata está, esos 100 millones que están embargados se podrían sustituir por otros 100 millones de los que ya están”.

Señaló "la emergencia tiene que ser razonable, acá no hay razonabilidad porque la provincia está pagando juicios hasta de choques, o juicios de mala praxis, hay arbitrariedad, porque es para un grupo de personas, entonces se pierde el derecho a la igualdad y se pierde una garantía constitucional”. En ese sentido, reiteró que "las condiciones por las cuales acompañamos esta emergencia ya no están dadas, el problema es administrativo y la demora es imputable al Estado”.

"Por otro lado –agregó- nosotros fuimos muy claros, acompañamos esta emergencia hasta conseguir el dinero, el bloque opositor permitió que el Ejecutivo Provincial consiga el dinero, y la ley 7782 decía que a los 6 meses se debía dar cuenta a la Comisión de Hacienda respecto de los créditos y esto no sucedió, no tenemos informe oficial del Ejecutivo sobre qué ocurrió con los 4 mil millones”.



pueblo del chaco sepa esta es la verdad.

19/12/2016

ESTOS SON LOS GOBIERNOS QUE NO HICIERON NADA PARA HONRAR LA DEUDA EMERGENTE DE LA ACORDADA 858/91
10 de diciembre de 1991 – 10 de diciembre de 1995
Rolando Tauguinas
10 de diciembre de 1995 – 10 de diciembre de 1999
Ángel Rozas
10 de diciembre de 1999 – 10 de diciembre de 2003
Ángel Rozas
10 de diciembre de 2003 – 10 de diciembre de 2007
Roy Nikisch
10 de diciembre de 2007 – 10 de diciembre de 2011
Jorge Capitanich
10 de diciembre de 2011 – 20 de noviembre de 2013
Jorge Capitanich
20 de noviembre de 2013 – 27 de febrero de 2015
Juan Carlos Bacileff Ivanoff 2
27 de febrero de 2015 – 10 de diciembre de 2015
Jorge Capitanich
10 de diciembre de 2015 – Actualidad
Domingo Peppo
LOS GOBERNADORES ANTERIORES A DOMINGO PEPPO, DESDE TAUGUINAS HASTA CAPITANICH, SABIAN DE LA EXISTENCIA DE LAS DEMANDAS CONTRA EL ESTADO PROVINCIAL, SOLO SE LIMITARON A DEJAR TRANSCURRIR EL TIEMPO.
NINGUNO TOMÓ LA DECISIÓN POLITICA DE SOLUCIONAR EL CONFLICTO A SABIENDAS QUE EL FALLO DE LA JUSTICIA IBA A RESULTAR DESFAVORABLE PARA LA PROVINCIA PORQUE EXISTIA EL ANTECEDENTE DE LA DEMANDA DEL AÑO 1985 (CAUSA MULLER).
ACCION CHAQUEÑA ESTUVO DESDE EL 91 AL 95, EL RADICALISMO GOBERNÓ DESDE EL 95´ HASTA EL 2007. EL JUSTICIALISMO MANEJÓ LA PROVINCIA EN DOS PERIODOS CONSECUTIVOS (2007 AL 2015), NINGUNO HIZO NADA. Y AHORA PEPPO Y SUS FUNCIONARIOS NOS DICEN QUE ESTA PAGANDO LA DEUDA (sic) Y QUE LAS QUITAS CORRESPONDEN A LOS INTERESES DEL EMPRESTITO QUE TOMARON. DE ACREEDORES PODRIAMOS PASAR A SER DEUDORES DE LA PROVINCIA.

09/12/2016

Sr/a.Diputado/a Conocedores del conflicto de Judiciales con el Gobernador, los Judiciales Autonvocados les decimos:  EST...
06/12/2016

Sr/a.Diputado/a Conocedores del conflicto de Judiciales con el Gobernador, los Judiciales Autonvocados les decimos:
ESTAN LLAMADOS...
1. A sancionar leyes pero tambien a cumplirlas y a ser ejemplo de ello.
2 . A defender la independencia del Poder Legislativo y Judicial por sobre los avances del Poder Ejecutivo.
3 . A defender el sistema democratico de Gobierno.
4 . A ser guardianes celosos de la Constitucion y de la confianza que el pueblo deposito en udes.
POR ELLO PEDIMOS :
1 . El respeto al espiritu y letra de la ley 7782/16.
2 . NO a la prorroga de la ley 7751 requerida por el Gobernador.
MOTIVOS:
1 . Inconstitucionalidad de la ley 7751,de su prorroga y decreto reglanentario.
2 . Existiendo fondos de la ley 7782 para el pago de los juicios comprendidos en el anexo de la ley, no es legítimo que se de curso a la prorroga requerida.
3 . No pueden avalar desvio de fondos y su deposito en financieras privadas.
4 . No es dable prorrogar una ley inconstitucional y ademas sin un informe de casos abonados, intereses percibidos y saldo existente y sin que se sepa donde y a nombre de quien está depositado el dinero obtenido por el Gobernador al amparo de la ley 7782/16.
Lo/a saludamos atentamente, Judiciales Autoconvocados.

La imagen corresponde a La Resolución del Expte 2054/2016 del Juzgado Civil n* 14 a cargo del Dr. Andrés Martín Salgado ...
04/12/2016

La imagen corresponde a La Resolución del Expte 2054/2016 del Juzgado Civil n* 14 a cargo del Dr. Andrés Martín Salgado de Resistencia Chaco.
Los Judiciales Autoconvocados esperamos que los legisladores del Chaco respeten la letra y el espíritu de la ley 7782 y no voten la prórroga de la ley 7751 requerida por el Gobernador . El Decreto 2092/2016, reglamentario de la ley 7751 tergiversa la finalidad del endeudamiento que el estado hace a la provincia por ley 7782, constituyéndose lisa y llanamente en un Acto Inconstitucional, tiene tal Flagrancia en su fin que desnaturaliza lo votado, no resistiendo el análisis. El Diputado , hoy forma parte del Consejo de la Magistratura, con la delicada función de elegir jueces probos e idóneos. Creemos que actuará con la responsabilidad que la ley y el cargo que detenta por voto popular ameritan y no votará en forma positiva la maliciosa prórroga pretendida por el Señor Gobernador, igual actitud honorable esperamos de todos los diputados.

Si la ley 7751 y su Decreto reglamentario 2092/2016 son Inconstitucionales, la prórroga pretendida por el gobierno provi...
03/12/2016

Si la ley 7751 y su Decreto reglamentario 2092/2016 son Inconstitucionales, la prórroga pretendida por el gobierno provincial, reviste el carácter de dolosamente delictual, dado que no es dable hablar de prórroga de emergencia ni decretar la misma cuando la Provincia por ley 7782 promulgada en septiembre de este año, autorizó al gobierno de la provincia a contraer un empréstito para el PAGO EFECTIVO EN TODAS LAS DEMANDAS INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY, de allí es que contando la provincia del Chaco con el dinero obtenido al amparo de la ley 7782, el desvío de fondos que realiza y la prórroga de la ley 7751 que pretende, encuadraría en DELITO tipificado como doloso en el Código Penal.

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