24/08/2026
⚖️ La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había reducido los honorarios de dos abogados en una acción de amparo vinculada con el derecho a la salud. La decisión fue dictada el 20 de agosto de 2026 en la causa “Puebla, Julio César c/ EN-M Salud de la Nación s/ amparo Ley 16.986”. 📑
📚 En primera instancia se habían regulado los honorarios de los profesionales en 20 UMA, mientras que la Cámara redujo esa regulación a la mitad. Ante el planteo de los abogados, la Corte analizó si la decisión de la alzada se encontraba debidamente fundada conforme al régimen de honorarios profesionales vigente. ⚖️
🔎 El Máximo Tribunal señaló que la Cámara no había expuesto razones concretas que justificaran el apartamiento de las pautas arancelarias aplicables. Consideró insuficiente la fundamentación utilizada para reducir los honorarios y dejó sin efecto el pronunciamiento, ordenando que se dicte una nueva decisión. 📖
💼 El fallo reafirma la importancia de una fundamentación suficiente en la regulación de honorarios profesionales de abogados y del respeto de las pautas establecidas por la legislación arancelaria. La decisión resulta relevante para la práctica profesional y para el análisis de los criterios judiciales aplicables a la determinación de honorarios. ⚖️
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