27/08/2026
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Una enfermedad o una incapacidad puede modificar de un momento a otro nuestra posibilidad de trabajar.
Y no hace falta tener la edad jubilatoria para que exista una prestación previsional. En determinadas situaciones puede corresponder el Retiro Transitorio por Invalidez (RTI).
📌 Para acceder, deben cumplirse determinados requisitos y acreditarse la incapacidad mediante la evaluación correspondiente.
👉 Conocer las distintas alternativas antes de iniciar un trámite es fundamental.
Alexis Cocito | Abogado
Tel: 3482-302473
Jubilaciones • Pensiones • Derecho previsional • Derecho Sucesorio.