29/05/2026
Una jueza aprobó la adopción plena y de forma póstuma de una adolescente por parte de su cuidadora fallecida. Aunque no existe una regulación específica para este tipo de adopción monoparental post mortem, el tribunal priorizó la realidad afectiva construida entre ambas y el interés superior de la joven. Porque a veces el derecho llega tarde a reconocer vínculos que ya existen hace años en la vida real.
El Juzgado de Familia de la 4ª Nominación de Córdoba hizo lugar a la adopción plena al considerar acreditado un verdadero vínculo materno-filial entre la adolescente y su guardadora fallecida. La sentencia destacó que la mujer había cumplido en vida con todos los requisitos legales para adoptar y había manifestado expresamente su voluntad adoptiva al promover la guarda.
El fallo resulta especialmente relevante porque aborda un vacío legal en materia de adopción monoparental post mortem. La jueza aplicó principios como el interés superior del niño, la tutela judicial efectiva y la realidad familiar, siguiendo además criterios fijados por la Corte Suprema. También se reconoció el derecho a la identidad de la adolescente, autorizando el uso del apellido de la adoptante conforme a su voluntad y grado de madurez.
El contenido completo puede consultarse gratis durante 48 horas.
📍 Tribunal: Juzgado de Familia de la 4a. Nominación, Córdoba
👥 Partes / Causa: C., A. M.- Adopción
📅 Fecha: 21/5/2024
🔗 Cita: JJuris14445