17/07/2026
Jurisprudencia MPD: Cámara Federal de San Martín - "MMM". NNyA. Discapacidad. Cannabis. Cobertura obligada de la obra social.
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN MARTÍN, SALA II. “MMM”. CAUSA Nº 10461/2024. 2/6/2026.
Un niño fue diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA). Su equipo médico tratante indicó el uso de aceite de cannabis y terapia de habilidades sociales. Ante ello, su madre solicitó a la obra social la cobertura integral del tratamiento. Sin embargo, la entidad rechazó la cobertura del aceite medicinal. Argumentó que, según la evaluación de su asesoría médica, el caso del niño no se encontraba dentro de los parámetros que habilitaban el acceso a la cobertura. Con respecto a la terapia de habilidades sociales, sostuvo que se trataba de un dispositivo complementario al tratamiento psicológico individual ya autorizado, en el que se trabajaban objetivos similares. Sin perjuicio de ello, puntualizó que la había autorizado como excepción entre febrero y diciembre de 2024.
Frente a esta negativa, la mujer –por derecho propio y en representación de su hijo– promovió una acción de amparo. En ese marco, solicitó como medida cautelar la cobertura integral del aceite de cannabis y del módulo de terapia prescriptos. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo solicitado. Contra lo resuelto, la demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus principales argumentos, sostuvo que no existía prueba de que el derecho a la salud del niño se encontrara afectado. Asimismo, alegó que el cannabidiol estaba excluido del Plan Médico Obligatorio y que solo se había probado su eficacia para el tratamiento de la epilepsia refractaria, no para el TEA. Añadió que el afiliado no se encontraba inscripto en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), por lo que no podía acceder a la cobertura. Por su parte, la actora y la Defensora Pública Oficial de Menores e Incapaces ante los Tribunales Federales de 1ª y 2ª Instancia de San Martín –en carácter de representante complementaria del niño– contestaron el traslado de los agravios y requirieron la confirmación de la medida cautelar.
DECISIÓN
La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó la medida cautelar y, por lo tanto, obligó a la obra social a que otorgara cobertura integral tanto del aceite de cannabis como del módulo de terapia de habilidades sociales a favor del niño. Para así decidir consideró que se le debía asegurar un tratamiento efectivo y adecuado, conforme lo prescripto por sus médicos tratantes (jueces Lugones y Barral).
Ampliar: (https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6507)
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