07/08/2020
Asesorate.
⚖ POR JUSTOS MOTIVOS, UNA JOVEN PODRÁ SUPRIMIR EL APELLIDO PATERNO Y LLEVAR SOLO EL APELLIDO MATERNO
Se hizo lugar al pedido de supresión de apellido paterno de la actora, quien pasará a tener su nombre de pila y el apellido materno, sin el paterno en medio de los dos, como hasta el momento. Se encuentran acreditados los justos motivos que prevé el art. 69, Código Civil y Comercial, dado que su progenitor nunca se comportó como tal, sino por el contrario fue una persona distante con ella, nunca la trató con cariño, nunca se preocupó por su bienestar, sino que fueron su madre y abuelos maternos quienes la criaron, educaron y estuvieron a su lado durante toda su vida, siendo su apellido materno aquél con el cual se siente plenamente identificada y no con el paterno.
Leé el fallo "U. B. D. vs. U. S. D. s. Cambio de nombre. Juzg. Fam. Nº 7, La Plata, Buenos Aires; 20/07/2020; Rubinzal Online; 73333; RC J 4567/20" en https://bit.ly/3gD8iKo
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