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Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como «todo acto de violencia de género que resulte, o pueda ten...
27/10/2022

Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como «todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada» .

La violencia de pareja se refiere al comportamiento de la pareja o ex pareja que causa daño físico, sexual o psicológico, incluidas la agresión física, la coacción sexual, el maltrato psicológico y las conductas de control.

La violencia sexual es cualquier acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual u otro acto dirigido contra la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de su relación con la víctima, en cualquier ámbito. Comprende la violación, que se define como la penetración, mediante coerción física o de otra índole, de la va**na o el ano con el pene, otra parte del cuerpo o un objeto.

Datos clave
La violencia contra la mujer -especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual- constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres.
Las estimaciones mundiales publicadas por la OMS indican que alrededor de una de cada tres (35%) mujeres en el mundo han sufrido violencia física y/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.
La mayoría de estos casos son violencia infligida por la pareja. En todo el mundo, casi un tercio (30%) de las mujeres que han tenido una relación de pareja refieren haber sufrido alguna forma de violencia física y/o sexual por parte de su pareja en algún momento de su vida.
Un 38% de los asesinatos de mujeres que se producen en el mundo son cometidos por su pareja masculina.
La violencia puede afectar negativamente la salud física, mental, sexual y reproductiva de las mujeres y, en algunos entornos, puede aumentar el riesgo de contraer el VIH.
Los hombres que tienen un nivel de instrucción bajo, han sido objeto de malos tratos durante la infancia, han estado expuestos a escenas de violencia doméstica contra sus madres y al uso nocivo de alcohol, han vivido en entornos donde se aceptaba la violencia y había normas diferentes para cada s**o, y creen que tienen derechos sobre las mujeres son más proclives a cometer actos violentos.
Las mujeres que tienen un nivel de instrucción bajo, han estado expuestas a actos de violencia de pareja contra sus madres, han sido objeto de malos tratos durante la infancia, han vivido en entornos en los que se aceptaba la violencia, los privilegios masculinos y la condición de subordinación de la mujer corren un mayor riesgo de ser víctimas de la violencia de pareja.
Existen datos que demuestran que las intervenciones que promueven la sensibilización y emancipación de la mujer, la prestación de orientación psicológica y las visitas domiciliarias podrían favorecer la prevención o la reducción de la violencia de pareja contra la mujer.
Las situaciones de conflicto, posconflicto y desplazamiento pueden agravar la violencia existente, como la infligida contra la mujer por su pareja y la violencia sexual fuera de la pareja, y dar lugar a nuevas formas de violencia contra la mujer.

Urgencias
1164161004

16/10/2022


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09/10/2022



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En la escuela fue víctima de acoso escolar al recibir burlas sobre su segundo nombre. Consecuencia de esa violencia por ...
09/10/2022

En la escuela fue víctima de acoso escolar al recibir burlas sobre su segundo nombre. Consecuencia de esa violencia por razones de género no quería asistir a la escuela y pidió a su madre cambiarse el nombre.

En la escuela secundaria se presentó y pidió ser nombrada con otro nombre tanto a sus pares como al personal de la institución. Lo mismo solicitó en la universidad y ahora la Justicia hizo lugar a una demanda de cambio de prenombre promovida por la joven Rosa N. B. que resolvió la modificación el segundo nombre de la demandante y para que “sea identificada y reconocida en todos los actos de vida con el nombre que ella desea”. El fallo es de la juez Paola María Petrillo de Torcivía, a cargo de la Sala Unipersonal Nº 1 de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial,

La jueza tuvo “especial consideración en la condición de mujer de la joven y la violencia que le provoca llevar un nombre que, en su historia personal, es sinónimo de estigmatización y discriminación, lo cual es repudiado por el ordenamiento constitucional, convencional y legal vigente”. Asimismo, consideró que de la prueba presentada surge que todas las personas de su entorno la conocen e identifican con el nombre que ella desea.

Cumplido lo anterior, la Jueza indicó que se deberá oficiar y remitir copia de la nueva partida de nacimiento y del nuevo documento nacional de identidad a toda entidad u organismo público o privado, donde la mujer tenga registrado su nombre, con el fin de que procedan a rectificar toda la documentación y registros que obren en su poder.

La magistrada ordenó al Registro Civil que, de manera urgente y en el menor tiempo posible rectifique la partida de nacimiento y “todo título o asiento registral que obre en su poder, con el fin de que la joven sea identificada con el nombre que indicó en la demanda”. El organismo deberá proceder a expedir un nuevo ejemplar del documento nacional de identidad.


¿Sabes en que consiste la violencia obstétrica?La violencia contra la mujer se asocia con golpes, maltrato psicológico, ...
04/10/2022

¿Sabes en que consiste la violencia obstétrica?
La violencia contra la mujer se asocia con golpes, maltrato psicológico, discriminación, acoso o abuso sexual, sin embargo existe otro tipo: la violencia obstétrica.

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¿Sabes en que consiste la obstétrica?
La violencia contra la mujer se asocia con golpes, maltrato psicológico, discriminación, acoso o abuso sexual, sin embargo existe otro tipo: la violencia obstétrica.
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres | 18 de marzo de 2016

¿Sabes en que consiste la obstétrica?Mujer embarazada
La violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internaciones como la Convención Belém do Pará, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación en contra de la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), y a nivel nacional en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los cuales te protegen de cualquier tipo de violencia, tanto en el ámbito público como el privado, incluyendo la violencia obstétrica.

La violencia obstétrica se genera con el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, humillada o lastimada física y psicológicamente. Se presenta en los lugares que prestan servicios médicos y se da en todas la esferas de la sociedad.

Estos son algunos actos constitutivos de violencia obstétrica:
Practicar el parto por cesárea, existiendo las condiciones para realizar un parto natural, sin el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.
Obligar a parir acostada y/o inmovilizada;
Negar u obstaculizar la posibilidad de cargar y amamantar al bebé o la bebé inmediatamente al nacer; y
No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.
En el Gobierno de la República tenemos la obligación de proveer servicios de salud materna desde la perspectiva de derechos humanos y garantizar el acceso a la atención profesional durante el parto y el periodo posterior, respetando las necesidades específicas, usos y costumbres y las decisiones de las mujeres.

¡Son tus derechos, ejércelos!

04/10/2022
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01/10/2022

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