Coria Ledo & Asociados Abogados

Coria Ledo & Asociados Abogados Socios Fundadores : Dra. Gabriela Alejandra Ledo y el Dr. Eduardo Marcelo Coria, abogados Por reintegro de salarios.

Especialistas en Derecho Laboral, Civil, Penal, de Familia, de Consumo, Inmobiliario, Previsional, Faltas y Contravenciones.-

Como Estudio Jurídico Integral nuestros abogados tienen como principal objetivo servir a nuestros clientes con un alto grado de calidad, siendo responsable al cumplir nuestro papel dentro de su defensa y con un elevado nivel de ética.”
Tenemos todas las aptitudes y actit

udes necesarias para tomar parte en la defensa de los ciudadanos o empresas y brindar asesoría durante la mediación o conciliación de conflictos entre personas, empresas u otras organizaciones, sean estas de carácter civil, de consumo o Laborales.-

Las necesidades de toda persona ante un problema de índole jurídica son variadas. Es necesario el análisis integral de cada caso, contamos con profesionales idóneos, con amplia experiencia en lo referente al derecho, con la infraestructura necesaria y la posibilidad de ejecutar las acciones necesarias para lograr la satisfacción del cliente. Asesoramiento jurídico y evaluaciones de negociación en procesos de mediación, laborales, de consumo, etc.
Áreas principales de Práctica:
DERECHO LABORAL

• Redacción y contestación de Cartas Documentos Laborales
• Despidos
• Suspensiones
• Indemnizaciones
• Accidentes y enfermedades laborales
• Conciliaciones laborales
• Reclamos a ART. Incapacidades
DERECHO DE FALTAS
*MULTAS DE TRANSITO Y CONTRAVENCIONES
*CLAUSURAS COMERCIALES
DERECHO CIVIL, COMERCIAL
• Sucesiones (Planificación Sucesoria)
• Herencias y testamentos
• Daños y perjuicios
• Mala praxis médica
• Desalojos de inmuebles y cobro de alquileres
• Reclamos por accidentes de tránsito
• Contratos
• Incumplimientos contractuales
• Cobro de cheques y pagares y demás documentos comerciales
• Embargos e inhibiciones
• Apremios
• Usucapión
• Escrituración
• Inscripción Bien de familia
• Propiedad horizontal y medianería
• Defensa del consumidor
• Administración de inmuebles
• Asesoramiento para empresas
MEDIACIONES CIVILES, Y CONCILIACIONES DE CONSUMO

• Acompañamos a nuestros clientes en procesos de mediación, brindándole asistencia integral en el proceso para lograr la resolución de los conflictos en forma rápida y evitando llegar a instancias judiciales que en ocasiones puede llegar a ser largas costosas e innecesarias.- (Realizamos mediaciones ya que somos mediadores civiles y conciliadores de consumo)

SALUD

• El derecho a la vida, a la salud, a la integridad psico-física se encuentran protegidos por la Constitución Nacional y numerosos Tratados Internacionales. Frente a la negativa por parte de Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga y demás prestadores de salud de cumplir con las prestaciones debidas, la interposición de un reclamo administrativo o una acción de amparo permite resolver en forma rápida y expedita este tipo de situaciones.-

30/09/2016

QUE HACER ANTE UN ACCIDENTE
Asesoramiento legal para accidentes, daños y perjuicios
Nuestro estudio tiene una alta especializa¬ción en el derecho civil en el área de accidentes, daños y perjuicios, tanto en el plano contractual como en el plano extracontractual.
Si sufre un accidente en vía pública, sea de tránsito o no, siempre recomendamos que consulte con un abogado inmediatamente después del accidente. Es importante tener en cuenta que nunca acepte una indemnización en el lugar del accidente y que nunca firme un documento sin consultar a un abogado.
Nuestro estudio se especializa¬ en el cobro de indemniza¬ciones por accidentes de tránsito, para particula¬res y compañías de seguros. Nuestro estudio comienza el reclamo con una mediación privada donde se cita al titular del vehículo y la compañía de seguro con el fin de obtener un ofrecimiento. En caso de un accidente, nuestro consejo profesional es:
1. en caso de lesiones llamar al servicio público de emergencias, como así al departamento policial
2. tratar de obtener la mayor cantidad de datos, como nombres, documentos, domicilios, tanto de la otra parte como testigos posibles
3. obtener fotos del vehículo siniestrado como así dos presupuestos de arreglo del mismo
4. obtener una epicrisis y todos los estudios de la clínica donde fue internado
5. ir a la comisaría interviniente y obtener datos de la causa penal.
Si usted fuera detenido, deberá contactar a nuestros abogados de manera urgente.
Nuestros abogados le asesorarán con el cálculo de la indemnización, y le garantizamos siempre de la obtención de la mejor indemnización posible según cada caso.

09/07/2016
13/06/2016

El nuevo código civil Argentino, establece diversas modificaciones a las normas vigentes en materia de sucesiones.
Comenzando por la interpretación sobre nacimiento, muerte y sucesión de una persona. El Art. 93 del nuevo código civil de la nación determina que la existencia de la persona concluye con su muerte. Para comprobar la muerte, se utilizan y quedan sujetos los parámetros de los estándares médicos aceptados, siendo el principio rector la legislación especial en el caso de ablación de órganos. En los casos de ausencia de una persona de su domicilio sin que se tenga noticia de ella por tres años permite presumir su muerte.
En materia específicamente de tramite de sucesiones, el nuevo Código civil argentino con esta modificación, cambia el porcentaje de la legítima herencia, aumentando desde el 20% actual a un 33,3% la proporción de la herencia que alguien puede dejarle a otra persona o institución, con independencia de la existencia de un vínculo familiar. Esta modificación incluye y beneficia entre otos, a quienes no están casados, ya que el concubinato o convivencia, no genera derechos sucesorios.
En los casos de Fideicomisos familiares. la modificación del código civil argentino facilita la constitución de fideicomisos familiares, constituidos por fondos que se crean para ser administrados con un fin determinado. Por citar un ejemplo, una persona que tiene un hijo discapacitado, o padres ancianos y quiere asegurarles, además de la herencia de los bienes, recursos para que cuenten con asistencia para vivir dignamente.
Declaración de incapacidad. La reforma del código civil argentino del año 2015, elimina la característica de "declaración permanente" de incapacidad. Por el contrario, la misma se establece por un fin determinado, como el de disponer de sus bienes, que se deberá renovar cada tres años. Todo supeditado al análisis de motivos psicológicos o por la existencia de una adicción, como pueden ser las apuestas o el juego.
Muerte digna con la modificación del código civil. En aquellos casos de enfermedad irreversible o en estado terminal, se tendrá en cuenta la voluntad y manifestación de la persona de rechazar o aceptar procedimientos médicos en relación a la posibilidad de una mejoría o que tenga por finalidad prolongar en ese estado terminal una vida en sufrimiento.
Todas estas modificaciones del Código Civil Argentino han entrado en vigencia el 1 de Agosto de 2015.

13/06/2016

QUE SE NECESITA PARA INICIAR UNA SUCESION?

A nivel legal, frente a la muerte de una persona, se debe recibir el asesoramiento de un abogado especialista en Derecho civil y sucesorio. Será dicho profesional quien puede brindar la informacion legal sobre el tramite de sucesion en Provincia de Buenos Aires o Capital Federal CABA. Todos los requisitos, los papeles y documentacion que hacen falta para iniciar el tramite de juicio por la sucesion de una persona fallecida.

El tramite sucesorio, es un juicio que busca determinar quienes deben suceder a la persona fallecida, en el conjunto de titularidades activas y pasivas. Es decir, tanto en los bienes (bienes inmuebles, bienes muebles, automotores, automoviles, motos, embarcaciones, cuentas bancarias, titulos y acciones) como asi tambien en las deudas que pudieran pesar sobre una persona fallecida. Si la persona que falleció era deudor de otra persona, los herederos (asi declarados por la sentencia de declaratoria de herederos) deberán hacerse cargo en la sucesion, de las deudas que alli se le reclamen al causante, las cuales sean previamente reconocidas por el juez interviniente.

La Sucesion es un proceso judicial que tiene por finalidad la transmision de todos esos bienes y todas esas deudas que estaban en cabeza del causante (la persona fallecida). Dentro del tramite de la sucesion, se buscará determinar que bienes tenia la persona, y a quienes les corresponde la herencia de la misma, en virtud de los ordenes hereditarios que establece el Codigo Civil Argentino en materia de Derecho Sucesorio.

Lo que deben hacer los familiares de una persona fallecida, es reunir la documentacion de la persona:

Documento Nacional de identidad o libreta de Enrrolamiento
Partida de Nacimiento, Partida o libreta de Matrimonio
Partida de Defuncion.
Titulo automotor
Escritura de inmueble
Resumenes Bancarios de Bancos Argentinos o del exterior
boletas de servicios a nombre del causante

Con esa documentacion base, se puede comenzar el tramite de sucesion. Desde luego que puede surgir otra documentacion necesaria y que se puede tramitar mediante una diligenciadora o gestoria.

somos mediadores y concilidores de consumo
13/06/2016

somos mediadores y concilidores de consumo

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