01/05/2026
🚗❌ ¡ATENCIÓN A ESTE FALLO! ¿Siniestro sin licencia? El seguro DEBE pagar igual ⚖️👇
Un reciente fallo de la Cámara de Apelaciones de Río Cuarto marcó un precedente importantísimo a favor de los asegurados. En Estudio Jurídico Colavita te explicamos por qué la aseguradora no siempre tiene la última palabra:
1️⃣ 📄 La letra chica no es excusa: La Justicia determinó que las aseguradoras no pueden simplemente escudarse en el contrato. Tienen el deber legal (como proveedores) de informar de manera clara y efectiva cuáles son las limitaciones de la cobertura. Si no te lo explicaron bien, la cláusula puede ser inoponible.
2️⃣ 🔍 Tiene que haber "Nexo Causal": ¡Este es el punto clave! No tener la licencia de conducir es una infracción de tránsito, pero no habilita automáticamente al rechazo del seguro. Si la falta de carnet NO fue la causa que provocó el accidente, la aseguradora tiene que responder igual. Rechazar el pago por un tema puramente "formal" va contra la buena fe.
3️⃣ 🛑 Castigo a las excusas arbitrarias: Si la compañía te niega el pago basándose en extremos formales que no tuvieron nada que ver con el choque, están incurriendo en una falta grave. Por esto, los jueces habilitan la aplicación de Daños Punitivos, una multa económica severa contra la aseguradora por su trato abusivo.
🏛️ Autos: “Estrada, Sonia c/ San Cristóbal SMSG” – Cám. Apelaciones de 2ª Nom. de Río Cuarto – 18/02/2026.
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