27/02/2026
⚖️ En Estudio Jurídico Colavita logramos un importante precedente en defensa de la intimidad ante el avance de las tecnologías y redes sociales.
📌 Resumen del Caso: el hecho ocurrió entre dos compañeras de trabajo; una dejó su sesión de WhatsApp Web abierta al final de su jornada. Tras el relevo, la otra accedió a la cuenta, leyó mensajes privados y hostigó a su colega.
La afectada denunció el incidente a sus superiores, y la demandada admitió haber accedido al WhatsApp, alegando que sólo vio algunos mensajes que hablaban sobre ella. La denuncia derivó en una demanda por Daños y Perjuicios por violación a la intimidad.
⚖️ Fallo de Primera Instancia: El Juzgado Civil y Comercial N°25 de La Plata rechazó la demanda tras considerar que no se probó que se tomaron capturas de pantalla ni que se difundió el contenido. La actora apeló, argumentando que hubo “una preocupante omisión respecto del hecho central que origina estos autos, el cual se encuentra debidamente acreditado, a saber: la flagrante violación a la intimidad.”
📜 Resolución de Cámara de Apelaciones: La Cámara de Apelaciones de La Plata destacó el testimonio de los superiores que confirmaron el acceso no autorizado mediante la confesión de la demandada. Aunque no se probó la difusión, se concluyó que el hecho de que la actora haya olvidado su WhatsApp abierto no autoriza a un tercero a leer el contenido, pues: “Basta con apretar la tecla correspondiente en fracciones de segundos para su cierre.”
Así, la demanda fue aceptada, reconociendo daño moral y psicológico a la actora y condenando a la demandada con costas.
📢 Conclusión: Este fallo reafirma que el acceso no autorizado a comunicaciones privadas, aunque no se demuestre su difusión, es una violación a la intimidad y puede ser indemnizado. Refuerza la protección de la privacidad en contextos laborales y destaca la importancia de respetar la esfera íntima de las personas.
“BRAGAGNOLO C/ CAYON S/ DAÑOS Y PERJUICIOS POR AFECTACION A LA DIGNIDAD” (Cámara Primera en lo Civil y Comercial - SALA I - La Plata)