09/06/2026
⚖️ FIJAN CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA PARA HIJO O HIJA POR NACER
El Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 1 de Charata, mediante el Interlocutorio N° 46/26, dispuso de manera provisoria una cuota alimentaria equivalente al 30% de los haberes del progenitor a favor del hijo o hija por nacer.
📌 La jueza Tamara Jaremczuk destacó que el derecho alimentario tiene raíz constitucional y que el artículo 665 del Código Civil y Comercial de la Nación habilita a la mujer embarazada a reclamar alimentos en representación del hijo o hija por nacer, destinados a cubrir gastos médicos, alimentación y demás cuidados propios del embarazo.
✔️ Para su procedencia, basta con acreditar sumariamente la filiación alegada, sin que sea necesario contar con certeza definitiva sobre la paternidad, cuestión que podrá resolverse posteriormente en el proceso filiatorio correspondiente.
👶 La resolución privilegia el interés superior del niño, garantizando la protección integral de sus derechos desde la etapa prenatal y reafirmando la obligación del Estado de adoptar medidas efectivas para asegurar el derecho alimentario reconocido por la normativa nacional e internacional vigente.
🔹 Un importante precedente que fortalece la protección jurídica de los derechos del niño o niña por nacer y de la mujer gestante.
Veronika Vanesa Murad Ibrahim Estudio Juridico - Dra. MURAD Ibrahim