22/07/2026
Avanza la ⚖️ Ley de Reforma Laboral: se modificó por decreto la forma de calcular las indemnizaciones por despido
Este lunes, el Poder Ejecutivo hizo entrar en vigencia la nueva forma de calcular las indemnizaciones… “agarrate Catalina”…
El Decreto 612/2026 que salió desde el Poder Ejecutivo (ya saben quien…) dispuso una serie de cambios y se redefinieron los conceptos que deben tenerse en cuenta para conocer el monto de la indemnización por antigüedad.
Te la hago corta, ⚠️ la nueva legislación establece que la base de cálculo prevista comprende, además del salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador, las sumas REMUNERATIVAS normales y habituales de frecuencia de pago mensual de origen convencional. (hasta acá todo bien… pero… siempre en la vida hay un pero…) quedan excluidos del cálculo para pagar indemnizaciones los conceptos que no sean retribuciones normales, habituales y de percepción mensual correspondientes a la categoría convencional del trabajador. Esto implica que no entrarán en el cálculo para indemnizaciones por despido conceptos como premios, bonos, participación en las ganancias, horas extras (con matices), aguinaldo, plus vacacional, sumas no remunerativas ni ningún otro concepto que no se abone en forma mensual.
En el caso de los conceptos variables como las horas extras, se tomará el promedio abonado en los últimos seis meses o el último año, tomando el resultado más favorable para el trabajador.
En síntesis 👉🏼 desaparece la posibilidad de tomar como referencia el mejor salario del último año… esto va a generar más empleo, ¿cómo quiere el gobierno? En mi opinión, no creo, una reforma laboral aislada, sin mejores condiciones tributarias, impositivas y económicas no alcanzan para resolver el problema, y mucho menos el que tenemos en la región patagónica… pero bueno… así estamos.
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Hugo Abel Solé | Mat. C 1047 CPACR
Silvana Paola Solé | Mat. C 1199 CPACR