Jovenes Socialistas Otamendi en el FAP

Jovenes Socialistas Otamendi en el FAP estamos para modificar la realidad

18/10/2017

Esta es nuestra boleta para el 22 de octubre!

17/05/2017

En dia de hoy la Cjal. Mariela Climente presento dos cuestiones de privilegio: la primera solicitando al Departamento Ejecutivo intervenga a través de Control de plagas en la ciudad de Comandante Nicanor Otamendi para combatir la gran cantidad de roedores que proliferan por todos los barrios. Y la 2º para poder tomar vista de un gran numero de expedientes relacionados al tratamiento de la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2016, ya que la misma sera tratada el próximo 31 del cte. mes. Entre los fundamentos expuesto la edil manifesto que para poder formarse una opinión fundada deberá leer dichos expedientes. Ambos fueron remitidos al Departamento Ejecutivo Municipal.

10/05/2017

Desde el Partido Socialista rechazamos el fallo de la Corte Suprema de Justicia que concede la derogada ley del 2 x 1 (ley 24.390) en casos de lesa humanidad. En momentos que la ciudadanía exige el cumplimiento efectivo de las p***s, la justicia toma la determinación de dilapidar la historia reciente de memoria, verdad y justicia.

La gravedad de este suceso, abre la puerta para que la impunidad se transforme en denominador común. Hay una realidad que no puede ser omitida y se descubre bajo una verdad que establece que los delitos de lesa humanidad no prescriben, son permanentes. Una conclusión que la misma Corte Suprema de Justicia arribó en 2010 ante un pedido del genocida Jorge Rafael Videla.

Esta trama de retrocesos en materia de derechos humanos, tiene un inicio claroscuro con la decisión primaria del Presidente de la Nación de elegir por decreto a los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. Curiosamente, integrantes de la Corte que han votado en forma favorable este fallo. Un paso atrás, que pone en evidencia una política de impunidad amparada desde el Ejecutivo Nacional y que se une al negacionismo explícito manifestado por funcionarios de la actual gestión, como los casos de Darío Lopérfido, Gómez Centurión, entre otros; La presencia de represores y carapintadas en actos oficiales, las reuniones con familiares de represores, la ausencia del Estado como querellante en las causas y la tristemente célebre frase del Presidente Macri calificando de “curro” a las políticas de derechos humanos.

Ante un proyecto ideológico que se visibiliza en la figura de la “guerra sucia”, que intenta unir víctimas, razones e historias como un potencial denominador común para eliminar la concepción del plan sistemático de represión, tortura y exterminio que erigió la dictadura cívico militar bajo la configuración del terrorismo de estado que dejó 30.000 personas desaparecidas, los socialistas decimos que los criminales de lesa humanidad, amparados por el plan sistemático que implementó el terrorismo de Estado no pueden g***r de este tipo de privilegios.

Finalmente lamentamos la decisión de la Corte Suprema de Justicia porque determina un nuevo capítulo de injusticias como en el pasado lo fueron el indulto y el punto final. Ratificamos nuestro compromiso inclaudicable por seguir levantando las banderas de la memoria, verdad y justicia, respetando los valores democráticos y la persistencia de los principios constitucionales y convencionales vigentes del Estado de Derecho.

05/05/2017

Por una Argentina con juicio y castigo a los delitos de lesa humanidad. No al 2 x 1 a los genocidas.

01/05/2017
22/04/2017

Tarde de análisis de Rendición de Cuentas del año 2016!

10/04/2017

Recibimos donaciones para los inundados de Miramar, comuníquense por privado. Pasamos a retirarlo. Como siempre eternamente agradecidos!!!!

27/03/2017

COMUNICADO DE PRENSA BLOQUE SOCIALISTA CONCEJO DELIBERANTE DE GRAL.ALVARADO.
En el dia de la fecha la Cjal. Mariela Climente ha presentado un proyecto de ordenanza relacionado a la obligatoriedad del uso de casco para los motociclistas, tendiente a la concientizacion del uso del mismo. Sosteniendo que el transito tiene problemáticas con las malas costumbres y la imprudencia por parte de quienes conducen vehículos, especialmente en lo concerniente a motociclistas, lo cual obliga a generar medidas en resguardo de la seguridad e integridad física de los conductores y sus acompañantes.
PROYECTO COMPLETO

VISTO; la gran cantidad de motociclistas que circulan sin casco en todo el ámbito de General Alvarado, Y;

CONSIDERANDO;
Que la situación del tránsito tiene muchas problemáticas con las malas costumbres y la imprudencia por parte de quienes conducen vehículos, especialmente en lo concerniente a motociclistas, lo cual obliga a generar medidas en resguardo de la seguridad e integridad física de los conductores y sus acompañantes.
Que ocupándonos en este caso de los conductores motociclistas, se pone de manifiesto que se deben reforzar e incentivar las acciones tendientes a garantizar el uso efectivo del casco en todo momento.
Que los conductores de motos que usan caso tienen un 73% menos de probabilidades de morir en accidentes de tránsito y, hasta un 85% menos de lesiones gravas que los que no lo usan. La mayor parte de las lesiones que recibe un motociclista en un accidente de tránsito tiene lugar en la cabeza. Y las lesiones en la cabeza causan el 80% de las muertes en moto y ciclomotor, y constituyen la principal causa de discapacidad permanente.
Que el uso del casco es una obligación establecida por el ordenamiento legal. Así, el artículo 40 inc. j de la Ley Nacional 24499 señala, como “ requisito para circular”, que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados.
Que en el Municipio de Gral. Alvarado se encuentra reglamentado por la Ordenanza Nº 235/94 de fecha 12 de diciembre de 1994.
Que resulta necesario concientizar a los usuarios de ciclomotores y motos sobre la utilización del casco.
Que según la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 27 establece que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar el tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad.

POR TODO ELLO EL BLOQUE SOCIALISTA EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES PRESENTE EL SIGUIENTE:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Crease en el ámbito del Municipio de Gral. Alvarado, el “Programa Vale por un Casco”, cuyo objeto inmediato será incentivar el uso del casco reglamentario por parte de conductores y acompañantes de moto vehículos.

Artículo 2º: Establézcase la realización de una campaña de concientización sobre el uso obligatorio del casco que servirá como prueba piloto para concientizar a los conductores y acompañantes de moto-vehículos sobre el uso del casco protector como medida correctiva, dentro de una política preventiva que se desarrollará sobre el particular.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal quedará facultado para sustituir el cobro de la primera multa al infractor establecida para tal caso por la acreditación de compra de un casco protector a su nombre con fecha posterior a la infracción, y demás requisitos que establezca el decreto reglamentario de la presente Ordenanza, por el termino de ciento veinte (120) días contados a partir de su promulgación, pudiendo prorrogarse por sesenta (60) días más.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal quedará facultado en idéntico plazo para proceder a llevar adelante, en caso de no acreditar el infractor la compra de un casco protector como lo establece el artículo precedente, un sistema de vales por el cual, una vez efectivizada la multa respectiva en el Tribunal Municipal de Faltas, se le haga entrega al titular del rodado de un vale para retirar un casco protector reglamentario en los comercios del distrito que, dedicados a la actividad, firmen los convenios correspondientes con la Municipalidad a efectos de la implementación de la presente.

Artículo 5º: Queda debidamente establecido que para ser beneficiarios de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de la presente Ordenanza, deberá tratarse de la primera infracción que tiene sobre el particular. En caso de contar con más actas de infracción producto de la falta de uso del casco protector obligatorio, el Tribunal Municipal de Faltas impondrá las sanciones ya establecidas con anterioridad con los accesorios que estipula la normativa vigente.

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal implementará a fines del cumplimiento de la presente Ordenanza una campaña de concientización a través de la distribución de folletos, fijación de afiches de vía pública, difusión de mensajes en radio y/o todo aquello que se considere conveniente, al tiempo de anunciar con anterioridad la puesta en marcha de los distintos operativos a realizar en el marco de la campaña-prueba piloto establecida en el artículo 2º de la presente.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente en un plazo no mayor a los treinta (30) días de su promulgación, remitiendo a este Cuerpo Legislativo, en caso de ser necesario, las modificaciones que crea conveniente realizar sobre los importes actuales de las multas que se aplican para el caso de falta de casco protector de uso obligatorio, habida cuenta de lo normado en el artículo 4º de la presente en materia de sistema de vales.

Artículo 8º: Deróguese la Ordenanza Nº 235/94.-

Artículo 9º: De forma.-

Dirección

Comandante Nicanor Otamendi

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