Salvatore y Asoc.

Salvatore y Asoc. Estudio Jurídico Estudio Jurídico especializado en accidentes, enfermedades laborales y accidentes de tránsito.

Lesiones en la cara producidas por accidentes de trabajoYa sea por el mal manejo del equipo de trabajo, por no vestir co...
21/06/2022

Lesiones en la cara producidas por accidentes de trabajo

Ya sea por el mal manejo del equipo de trabajo, por no vestir con la protección personal adecuada, una herramienta defectuosa o una maniobra equivocada, las heridas en el rostro pueden ocurrir dentro del ámbito laboral. ¿La ART me indemniza por esto? La respuesta es sí.

Sin embargo, la ART no pagará un valor fijo sino que, según el daño ocasionado o las secuelas que nos queden por esa lesión, establecerá un porcentaje de incapacidad a partir del cual abonará o no una indemnización.

Consulte. 351594627.

Un trabajador murió por Covid y una ART indemnizará a la familia con $14 millones.Tras un acuerdo conciliatorio, la viud...
19/01/2022

Un trabajador murió por Covid y una ART indemnizará a la familia con $14 millones.
Tras un acuerdo conciliatorio, la viuda recibirá un pago de $7.209.000 y la hija el mismo monto. Ocurrió en Rosario.

No dejes de consultarnos!
04/11/2021

No dejes de consultarnos!

Tenes derecho a reclamar a tu ART.Sin perjudicar a tu empleador ni poner en riesgo tu puesto de trabajo.Consulta al (351...
19/10/2021

Tenes derecho a reclamar a tu ART.

Sin perjudicar a tu empleador ni poner en riesgo tu puesto de trabajo.

Consulta al (351)5946278.

Si sufrió un accidente en el trayecto de su lugar de trabajo a su domicilio,  o a la inversa, la ART DEBE proporcionarle...
06/10/2021

Si sufrió un accidente en el trayecto de su lugar de trabajo a su domicilio, o a la inversa, la ART DEBE proporcionarle el tratamiento médico adecuado y en su caso abonarle la indemnización correspondiente.

No deje de consultar!
Tel. (351)5946278.



Fallo sobre responsabilidad de supermercados por robo de auto! El supermercado debe responder frente al cliente por el h...
27/09/2021

Fallo sobre responsabilidad de supermercados por robo de auto!

El supermercado debe responder frente al cliente por el hurto del automóvil estacionado en la playa que pone a disposición de sus clientes en forma objetiva, por incumplimiento del deber de seguridad.

Las playas de estacionamiento de los hipermercados o centros comerciales implican el ofrecimiento de un servicio extra que sin lugar a dudas tiene como contrapartida algún beneficio adicional para empresas que ofrecen bienes o servicios a potenciales consumidores. Se trata, sin duda, de una técnica de marketing para captar mayor clientela y estimular el consumo, lo cual coloca a quien así procede en la obligación de proporcionar esa prestación accesoria en forma segura y eficiente. Desde esta perspectiva, parece razonable concluir, que aquéllas asumen un deber de custodia y deben responder por los daños que se produzcan a los vehículos allí estacionados, con fundamento en el art. 5° de la ley 24.240 y sus modificatorias.

De allí, es de aplicación el principio de responsabilidad objetiva que implica la existencia de una obligación de seguridad, por la que se le garantiza al consumidor que durante el desarrollo efectivo de la prestación no le será causado ningún daño sobre sus bienes (art. 5 Ley 24.240). El incumplimiento definitivo de ese deber de seguridad hace responsable al proveedor por los perjuicios ocasionados. En otras palabras, el explotador del establecimiento será responsable del daño por la prestación deficitaria de un servicio que implica la necesaria tutela de los intereses económicos del consumidor, de conformidad con el art.42 de la Constitución Nacional, dentro de la cual, suponen, estaría incluida en este caso la protección contra hechos delictivos, siempre que no se verifique algún obstáculo o impedimento extraordinario, imposible de evitar.



¿Puedo divorciarme aunque mi pareja no quiera? Sí. Siempre que presentes la propuesta para regular los efectos del divor...
27/09/2021

¿Puedo divorciarme aunque mi pareja no quiera? Sí. Siempre que presentes la propuesta para regular los efectos del divorcio.

📍¿Que puede hacer mi pareja si no quiere divorciarse? No puede oponerse al divorcio, pero puede presentar una propuesta que regule los efectos del divorcio distinta a la tuya.

📍¿Podemos divorciarnos los dos de comun acuerdo? Sí, los dos pueden presentarse ante el juez para pedir el divorcio. Tienen que presentar la propuesta reguladora de los efectos del divorcio

📍¿NECESITO EXPONER UNA CAUSA PARA DIVORCIARME? Para empezar tu divorcio, no tenés que invocar una causa ni esperar plazos. Antes se exigia una causa para justificar el pedido, hoy podes divorciarte porque queres hacerlo y punto.

📍¿QUE TENGO QUE HACER SI QUIERO DIVORCIARME?
Presentarte ante el juez pidiendo el divorcio, con su Abogado/a representante.

📍Para pedir el divorcio, ¿ES NECESARIO ESPERAR UN TIEMPO DESDE LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO?
No, podés divorciarte en cualquier momento. No hay que esperar que pase un tiempo de casados.

➡️ Propuesta

📍¿Qué es la propuesta reguladora del divorcio?

Es el conjunto de medidas que proponen los cónyuges para hacer frente a las consecuencias del divorcio. Pueden presentar una propuesta juntos o presentar cada uno su propuesta por separado.

📍¿Qué cuestiones debe incluir la propuesta reguladora del divorcio?

Tiene que contener soluciones para:
▪️La vivienda.
▪️La distribución de los bienes.
▪️Los alimentos para los hijos.
▪️El cuidado personal de los hijos (antes se hablaba de "la tenencia").
▪️El régimen de comunicación (antes conocido como "régimen de visitas").
▪️Las posibles compensaciones económicas entre los cónyuges.

📍¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo con la propuesta para regular el divorcio?

El desacuerdo sobre la propuesta reguladora no suspende la sentencia de divorcio. En todo caso, las partes seguirán discutiendo después las consecuencias de la disolución del vínculo.

Si no se resolvieron tus dudas consultanos!
(351)5946278.



La HIPOACUSIA es una enfermedad profesional por estar expuesto a un agente de riesgo: el RUIDO.Algunas actividades donde...
07/09/2021

La HIPOACUSIA es una enfermedad profesional por estar expuesto a un agente de riesgo: el RUIDO.

Algunas actividades donde se puede producir la exposición son:

— Trabajos de la industria metalúrgica con percusión, abrasión, proyección, perforación de piezas metálicas.

— Laminado, trefilado, estiramiento, corte, cizallamiento de piezas metálicas.

— Utilización de herramientas neumáticas (perforadores, martillos, taladros).

— La operación de maquinarias textil de hilados y tejidos.

— Trabajo en motores de aviación, en especial reactores y todo otro motor de gran potencia para grupos electrógenos, hidráulicos, compresores, motores eléctricos de potencia y turbinas.

— El empleo y destrucción de municiones y explosivos.

— La molienda de piedras y minerales.

— La corta de árboles con sierras mecánicas.

— El empleo de maquinarias de transformación de la madera, sierra circulares, de cinta, cepilladoras, tupíes, fresas.

— El manejo de maquinaria pesada en transporte de carga, minería, obras públicas, tractores agrícolas.

— La molienda de caucho, de plástico y la inyección de esos materiales para moldeo.

— El trabajo en imprenta rotativa en la industria gráfica.

— El empleo de vibradores para concreto en la construcción.

— La instalación y prueba de equipos de amplificación de sonido.

— La recolección de basura doméstica.

— Todo trabajo que importe exposición a una intensidad de presión sonora superior a 85 decibeles de nivel sonoro continuo equivalente.

La hipoacusia puede significar un grado de INCAPACIDAD PERMANENTE que se evalúa por una Comisión Médica a la que debés asistir con Patrocinio Legal Obligatorio para garantizar tu derecho de defensa.

Por consultas por enfermedades profesionales podes escribirnos al (351)5946278.

Revés para una aseguradora: Debe informar al cliente sobre la falta de pago antes de suspender cobertura.El Superior Tri...
26/08/2021

Revés para una aseguradora:

Debe informar al cliente sobre la falta de pago antes de suspender cobertura.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó un fallo de segunda instancia por el cual se condenó a una compañía aseguradora a afrontar sus responsabilidades contractuales, a pesar de que el cliente no había pagado las dos cuotas últimas del seguro de su vehículo, ya que incumplió con el deber de informarle la suspensión de la cobertura asegurativa.

CÓMO DENUNCIAR UN ACCIDENTE O UNA ENFERMEDAD LABORAL?En caso de silencio o rechazo por parte de la Art, se DEBE iniciar ...
09/08/2021

CÓMO DENUNCIAR UN ACCIDENTE O UNA ENFERMEDAD LABORAL?

En caso de silencio o rechazo por parte de la Art, se DEBE iniciar el respectivo trámite ante la Comisión Médica correspondiente.

Ante ello, lo asesoramos!
(351)5946278

Qué hacer en caso de sufrir un accidente de tránsito?
02/08/2021

Qué hacer en caso de sufrir un accidente de tránsito?


Atención!Consultanos. (351)5946278.
02/08/2021

Atención!

Consultanos. (351)5946278.




Dirección

Arturo M. Bas Nº 43, 1º Piso, Of. 6
Córdoba
5000

Teléfono

+543515946278

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Salvatore y Asoc. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Salvatore y Asoc.:

Compartir