Estudio Jurídico Jándula Torres - Del Popolo & Asociados

Estudio Jurídico Jándula Torres - Del Popolo & Asociados Estudio jurídico con más de 20 años de trayectoria comprobable. Somos un Estudio Jurídico con más de 30 años de trayectoria.

Brindamos asesoramiento especializado en materia de derecho civil, derecho comercial, y derecho laboral. Nuestra planta se integra de abogados especializados en el Derecho del Civil, Comercial y Trabajo. Nuestra misión es brindar a nuestros clientes un asesoramiento de excelencia, defendiendo sus derechos e intereses como defendemos los propios.

23/12/2020

Todos los integrantes de ESPACIO INDEPENDIENTE, les desean a la comunidad juridica de Córdoba una muy feliz Navidad y un prospero Año Nuevo.- A los actores principales, Abogados Independientes, TSJ, Funcionarios y Empleados Judiciales, y Colegio de Abogados, quienes hemos surfeado a lo largo de la mayoria de este año una nueva realidad del ejercicio de la profesion que llegó para quedarse; agradecerles a todos los esfuerzos realizados y exhortalos a que el 2021 nos encuentre unidos y trabajando en pos de solucionar y efectivizar todos aquellos que nos quedaron pendientes, y con ello lograr obtener, la realizacion de un mejor ejercicio profesional y servicio de justicia, que es lo que corresponde y nos merecemos.- Felices Fiestas.-

SITUACIÓN DE TRABAJADORES EN NEGRO FRENTE A UN ACCIDENTE DE TRABAJOCorrientemente suele pensarse que un trabajador no re...
23/04/2018

SITUACIÓN DE TRABAJADORES EN NEGRO FRENTE A UN ACCIDENTE DE TRABAJO

Corrientemente suele pensarse que un trabajador no registrado o "en negro", al no tener cobertura de ART, no tiene protección frente a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

No obstante, la realidad es distinta. Hay que saber que la Ley de Riesgos del Trabajo (N°24.557) no realiza exclusiones a los trabajadores en tal situación, por lo que les es perfectamente aplicable y podrán efectuar válidamente su reclamo frente al empleador.

A tomar nota y ser consciente de tus derechos.

Si tenés una consulta, podés enviarnos un mensaje privado, o escribirnos directamente en los comentarios de esta publicación.

¿Te despidieron? ¿Trabajás sin estar registrado? ¿Sufriste un accidente en el trabajo, yendo al mismo o volviendo a tu c...
07/11/2017

¿Te despidieron? ¿Trabajás sin estar registrado? ¿Sufriste un accidente en el trabajo, yendo al mismo o volviendo a tu casa? ¿Tenés dolencias como consecuencia de trabajar en tareas pesadas? !Asesorate y hacé valer tus derechos!

Hoy tratamos sobre el despido y los distintos rubros que te corresponden cobrar como consecuencia del mismo:

¿QUE TE CORRESPONDE POR DESPIDO SIN CAUSA?:

  ✔ INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD
1 mes de sueldo por cada año de servicio o fracción superior a 3 meses.

  ✔ SUSTITUCIÓN DE PREAVISO
Si el patrón no te aviso que te te iba a despedir con la anticipación que la ley requiere, debe abonarte en dinero el equivalente a los días no preavisados.

  ✔ INTEGRACIÓN DE MES DE DESPIDO
Además de la indemnización, te corresponde cobrar todos los días del mes en que te despidieron, por más que no los hayas trabajado.

  ✔ HABERES
Los días que trabajaste en el mes en que te despiden te los deben abonar igualmente, como así también todo pago anterior que no te hayan hecho o que te hayan hecho por debajo de lo que te correspondía.

  ✔ SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO PROPORCIONAL: Es lo que se conoce con el nombre de "aguinaldo", por más que te despidan en un mes en que no te deben pagar el aguinaldo, te lo deben pagar en proporción a los días que trabajaste en ese semestre.

  ✔ VACACIONES PROPORCIONALES
Los días de vacaciones que te correspondían te los tienen que pagar en proporción a los días que trabajaste en el año.

  ✔ OTROS RUBROS QUE TE PUEDEN CORRESPONDER
 °Multa por falta de entrega de documentación y certificación laboral.
 °Indemnizaciones agravadas por haber trabajado sin
registración
°Indemnización agravada si te despidieron por causa de
maternidad
 °Indemnización agravada si te despidieron por causa de
matrimonio.
 °Indemnización agravada por despido durante licencia por
enfermedad
 °Indemnización agravada por despido de representantes
sindicales.
 °Multas por omisión indebida en la consignación de las
cotizaciones

Dr. Jándula Torres, Mariano José - Abogado - MP: 1-28457
Dr. Jándula Cid, Mariano - Abogado - MP: 1-40198

Teléfonos: 3513862610 - 3515517168 (Llamadas y WhatsApp)

Estudio Jurídico Jándula Torres & Asoc. - Calle Tucumán 26, 5to Piso - Córdoba Capital.-

¿TE DESPIDIERON? ¿TRABAJÁS EN NEGRO? ¿TE PRESIONAN PARA QUE RENUNCIES? ¡ HACE VALER TUS DERECHOS !Si todavía no transcur...
24/07/2017

¿TE DESPIDIERON? ¿TRABAJÁS EN NEGRO? ¿TE PRESIONAN PARA QUE RENUNCIES? ¡ HACE VALER TUS DERECHOS !

Si todavía no transcurrieron 2 años desde el despido, ESTÁS A TIEMPO !

¿QUE TE CORRESPONDE POR DESPIDO SIN CAUSA?:

  INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD: 1 mes de sueldo por cada año de servicio prestado o fracción superior a 3 meses.

  SUSTITUCIÓN DE PREAVISO: En caso de que el empleador no haya preavisado el despido con la anticipación que la Ley de Contrato de trabajo exige según la antigüedad del trabajador, debe abonar los días equivalentes al preaviso omitido.

 INTEGRACIÓN DE MES DE DESPIDO: El monto correspondiente a los días restantes para completar el mes en el cual el despido no preavisado se produce.

 HABERES: El monto correspondiente a todos los días trabajados del mes en que se produjo el despido y en todo período anterior, tanto en caso de falta de percepción total como en caso de percepción inferior a la que correspondía.

 SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO PROPORCIONAL ("SAC o Aguinaldo proporcional"): El monto correspondiente al SAC en proporción a los días efectivamente trabajados en el período semestral o anual.

 VACACIONES PROPORCIONALES: El monto equivalente a los días de vacaciones que corresponden al trabajador en función de su antigüedad.

 OTROS RUBROS QUE PUEDEN INTEGRAR NUESTRA LIQUIDACIÓN FINAL:
 Indemnización por falta de entrega de documentación y certificación laboral.
 Indemnizaciones agravadas por trabajo en negro.
 Indemnización agravada por maternidad.
 Indemnización agravada por matrimonio.
 Indemnización agravada por despido durante licencia por enfermedad inculpable.
 Indemnización agravada por despido de representantes sindicales.
 Indemnización por omisión indebida en la consignación de aportes sociales y previsionales.

Dr. Jándula Torres, Mariano José - Abogado - MP: 1-28457

Estudio Jurídico Jándula Torres & Asoc. - Calle Tucumán 25, 5to Piso - Córdoba Capital.-

24/01/2017

El gobierno modificó, mediante un decreto, la ley de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y desde mañana todos los trabajadores deberán

¿TE DESPIDIERON? ¿TRABAJÁS EN NEGRO? ¿NO ESTÁS SEGURO SI TE PAGARON LO QUE TE CORRESPONDÍA? ¿QUIEREN QUE TE VAYAS Y TE P...
07/07/2016

¿TE DESPIDIERON? ¿TRABAJÁS EN NEGRO? ¿NO ESTÁS SEGURO SI TE PAGARON LO QUE TE CORRESPONDÍA? ¿QUIEREN QUE TE VAYAS Y TE PIDEN QUE FIRMES UNA RENUNCIA?

TENÉS DERECHOS QUE TE PROTEGEN ! ASESORATE Y HACELOS VALER ! LA CONSULTA ES GRATUITA.

¿Qué corresponde al trabajador por un despido sin causa?:

1) INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD = 1 sueldo por cada año de trabajo, o fracción superior a los 3 meses.

2) SUSTITUCIÓN DE PREAVISO = Dependiendo de la antigüedad del trabajador, el empleador debe abonar 15 días, 1 mes, o 2 meses.

3) INTEGRACIÓN DE MES DE DESPIDO = El empleador debe abonar todos los días restantes hasta la finalización del mes en que se produjo el despido.

4) HABERES = Por un lado, el empleador deberá abonar todos los días trabajados del mes en que se produjo el despido. Por otro, si el trabajador percibió constantemente una remuneración inferior a la que le correspondía, puede reclamarse esta diferencia por todos los meses de los últimos 2 años.

5) S.A.C. PROPORCIONAL = El empleador deberá abonar al trabajador despedido el S.A.C. en proporción a los días trabajados del semestre.

6) VACACIONES PROPORCIONALES = El empleador deberá abonar las vacaciones correspondientes al trabajador en proporción a los días del año trabajados.

7) OTROS CONCEPTOS QUE PUEDEN INTEGRAR LA INDEMNIZACIÓN:

- Indemnizaciones agravadas por trabajo no registrado ("en negro").
- Indemnización por forzar al trabajador a acudir a vía administrativa o judicial para el cobro de su crédito.
- Omisión de entrega de documentación laboral y certificación de servicios.
- Indemnización agravada por despido por maternidad.
- Indemnización agravada por despido por matrimonio.
- Indemnización agravada por despido durante licencia por enfermedad.
- Indemnización por omisión en la consignación de aportes sociales y previsionales.

¿TE ACCIDENTASTE YENDO O VOLVIENDO DE TU TRABAJO?Este tipo de accidentes se denominan accidentes "in itinere", y son aqu...
02/06/2016

¿TE ACCIDENTASTE YENDO O VOLVIENDO DE TU TRABAJO?

Este tipo de accidentes se denominan accidentes "in itinere", y son aquellos que se producen cuando el trabajador va hacia su trabajo, o vuelve del trabajo hacia su domicilio.

Por más que el accidente no se haya producido en el lugar del trabajo, el trabajador tiene derecho a iniciar un reclamo de indemnización contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y contra su empleador, ya que la cobertura por riesgos del trabajo, por imperio de la Ley de Riesgos del Trabajo, se extiende a este tipo de accidentes.

¿Te pasó alguna vez? Hacé valer tus derechos.

Contactanos por mensaje privado. La consulta es GRATUITA.

¿PUEDE EL EMPLEADOR CAMBIAR SIN MI CONSENTIMIENTO EL LUGAR DE TRABAJO, LAS TAREAS A REALIZAR, LA JORNADA DE TRABAJO O EL...
01/06/2016

¿PUEDE EL EMPLEADOR CAMBIAR SIN MI CONSENTIMIENTO EL LUGAR DE TRABAJO, LAS TAREAS A REALIZAR, LA JORNADA DE TRABAJO O EL SALARIO?

NO. Estos aspectos son de los considerados como ESENCIALES en la relación de empleo, es por esto que la patronal no puede modificarlos en ejercicio del "ius variandi", ya que éste sólo puede recaer sobre elementos accidentales de la relación laboral.

¿Te pasó alguna vez? Contactanos por Mensaje Privado. La consulta es GRATUITA.

¿QUÉ ES EL "MOBBING" LABORAL?El mobbing laboral es el ACOSO sufrido por el empleado en su trabajo, ya sea que el acoso p...
31/05/2016

¿QUÉ ES EL "MOBBING" LABORAL?

El mobbing laboral es el ACOSO sufrido por el empleado en su trabajo, ya sea que el acoso provenga de sus jefes o de sus mismos compañeros de trabajo.

Este acoso puede darse de distintas modalidades: acoso físico, acoso psíquico, acoso sexual, o cualquier otro tipo de acoso que cause un daño en la salud e integridad psico-física del trabajador.

Los tribunales ya han admitido el mobbing en sus sentencias, considerándolo motivo para que el trabajador reclame por los daños y perjuicio sufridos, e incluso considerándolo causal para que el trabajador se dé por despedido, ya que, que un trabajador sea víctima de mobbing en el trabajo, constituye un INCUMPLIMIENTO de la OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR a brindar un ambiente de trabajo sano, apto para que el trabajador se desarrolle sin verse expuesto a estos fenómenos.

¿Sos víctima de "mobbing" en tu trabajo? Hacé valer tus derechos.

Para que podamos asesorarte y darte una consulta GRATUITA, contactanos por Mensaje Directo.

Dirección

Centro Córdoba/Zona Tribunales
Córdoba
5000

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Lunes 08:00 - 18:00
Martes 08:00 - 18:00
Miércoles 08:00 - 18:00
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