05/07/2022
RECATEGORIZACION ANUAL
- Hola a todos!!! les recordamos que antes del 29/07 los contribuyentes del régimen simplificado (monotributo) deben cumplir con esta obligación!!!
💡Cosas a tener en cuenta 💡
- Si tengo menos de 6 meses completos dentro del régimen simplificado: NO me debo recategorizar (es opcional).
- Si tengo entre 6 meses y 12 meses dentro del régimen simplificado: es obligación recategorizarte, anualizando los parámetros de ingresos y energía.
- Si no tengo local comerial, solo se debe considerar los ingresos.
IMPORTANTE!!!!
⭕ Solo en el período de recargorización se puede BAJAR de categoría, mientras que subir se puede en cualquier momento del año.
⭕ La prestación de servicios va por lo DEVENGADO (período facturado, NO fecha de factura).
Ante cualquier consulta los esperamos en nuestro local, o escribinos al 3524-405813, 3524-416306 y te asesoramos!!!!