22/08/2026
Te hicieron monotributista. ¿La reforma laboral los habilita?
No necesariamente. Te explicamos qué cambió.
La reforma laboral modificó una cuestión importante: en determinados casos de contratación de obras o servicios, cuando se emiten facturas o recibos y el pago se realiza por los medios previstos por la ley, ya no opera automáticamente la presunción de que existe un contrato de trabajo.
Eso no significa que alcanzar con inscribirte como monotributista o emitir una factura para convertir una relación laboral en una contratación independiente.
Si en los hechos existía una prestación personal, remunerada y bajo dependencia, la naturaleza del vínculo puede seguir siendo discutida.
Por eso, más allá de cómo esté registrado el trabajador, sigue siendo fundamental analizar cómo se desarrollaba realmente la relación: quién organizaba las tareas, de qué manera se prestaban los servicios y cuál era el grado de autonomía real.
La reforma cambió las reglas de la presunción.
No eliminó la diferencia entre un trabajador dependiente y un verdadero prestador independiente.
Si sos monotributista pero trabajás en condiciones similares a las de un empleado, tu caso debe analizarse en concreto.
Consultanos.