UPPSA - Secretaría de Asuntos Jurídicos

UPPSA - Secretaría de Asuntos Jurídicos Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de UPPSA - Secretaría de Asuntos Jurídicos, Jurídico, Buenos Aires.

02/12/2024

BULLRICH🫵 NO TENÉS VERGÜENZA
-Haberes Básicos por debajo de la Línea de Pobreza e Indigencia;
-Sumas e ítems No Remunerativos y No Bonificables PAGADOS EN NEGRO;
-Juicios por Blanqueo de Haberes estancados en los fueros Previsional y Contencioso Administrativo.

DE ESTA MANERA NO SE DIGNIFICA🫵

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/317414/20241127

30/09/2024

Servicio Jurídico Especializado en Fuerzas de Seguridad y Policiales

No son pocas las veces que los uniformados y civiles que prestan servicios en distintas Fuerzas de Seguridad y Policiales, son disciplinados bajo argumentos fácticos falsos y fundamentos normativos arbitrarios con la única finalidad de acosarlos, perseguirlos y silenciarlos, incluso hasta lograr su desafectación del servicio.

Esto sucede porque generalmente los regímenes profesionales y mecanismos institucionales, impiden a los damnificados ejercer adecuadamente su derecho de defensa, sumado al temor del trabajador a accionar y que su situación se agrave tornándose irreversible. De esta manera los funcionarios incurren en el "error" de no denunciar irregularidades en tanto "evitan" recursar los actos y resoluciones administrativas, que a mediano o corto plazo afectarán sus carreras.

Acoso y persecusión laboral; violencia institucional; sanciones disciplinarias; pases y traslados; asignación inadecuada de funciones y tareas; imposición de licencias especiales; evaluaciones de desempeño y calificaciones arbitrarias; exámenes de ascensos truncos; sumarios administrativos eternos; descuentos de haberes; antecedentes negativos; cesantías, exoneraciones y despidos; son solo algunos de los perjuicios que los funcionarios pueden sufrir, por lo cual para evitar llegar al extremo debe actuar a tiempo e interponer las acciones administrativas y judiciales que fuesen necesarias.

En tal sentido, te informamos que se encuentra a disposición un Staff de Juristas con asiento en la Ciudad de Buenos Aires especializados en Fuerzas de Seguridad y Policiales, para asesorarte y acompañarte ante cualquier contingencia.

Nuestro compromiso: "Seriedad, Transparencia y Profesionalismo."

Para más información y concertar una entrevista contactarse vía WhatsApp al +54 911 4505-3144

La reinstalación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias a través de la aprobación del paquete fiscal cambia...
10/09/2024

La reinstalación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias a través de la aprobación del paquete fiscal cambia radicalmente el impacto del tributo en buena parte de los trabajadores en relación de dependencia.

La versión aprobada por el Congreso llevó el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos en base a la ley aprobada durante el gobierno anterior. Y lo harán con alícuotas que van del 5% al 35 por ciento.

https://www.infobae.com/economia/2024/07/24/calculadora-de-ganancias-2024-cuanto-te-van-a-descontar-de-tu-sueldo-segun-los-cambios-que-implemento-el-gobierno/

https://www.facebook.com/share/p/9EZnNK66f9vFynZX/?mibextid=oFDknks

Infobae elaboró una herramienta para conocer cuál va a ser el impacto del tributo luego de las modificaciones. La versión aprobada por el Congreso llevó el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos

IMPUESTO A LAS GANANCIAS⚠️Debido a las múltiples consultas recibidas por descuentos de "Impuesto a las Ganancias" a func...
10/09/2024

IMPUESTO A LAS GANANCIAS⚠️
Debido a las múltiples consultas recibidas por descuentos de "Impuesto a las Ganancias" a funcionarios y trabajadores activos y pasivos (jubilados, retirados y pensionados) de Fuerzas Armadas, Seguridad, Policías, Servicios Penitenciarios y la Secretaria de Inteligencia de Estado (SIDE), se informa que se encuentra a disposición un equipo de profesionales especializados para asesorar y accionar en contra de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a los fines de interrumpir dichas quitas y exigir la devolución de las sumas retroactivas más intereses descontadas hasta CINCO (05) años de presentada la demanda.

En tal sentido y si bien existen múltiples fallos de la Justicia que declaran la inconstitucionalidad de este gravámen es importante comprender, que dichos dictámenes "benefician únicamente a los litigantes de cada causa", motivo por el cual distintos organismos y las cajas previsionales en su carácter de agentes de retención "continúan descontando montos elevados que varían según el Sueldo Bruto de cada beneficiario que aún NO ha accionado", por lo que resulta necesario actuar sin demoras para evitar daños y perdidas irreversibles.

Finalmente y dado que las retenciones recaen no solo en el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, se informa que podrá también ser representado cualquier particular sin importar el ámbito o sector al que pertenezca, que desee concluir con el pago de este tributo.

Requisitos:
1) Fotocopia de DNI;
2) Últimos recibos de haberes incluido el mes de mayor descuento;
3) Firma de convenio de honorarios;
4) Firma de poder especial ante escribano público.

Seriedad, compromiso y profesionalismo.

Para mayores datos e información comunicarse por mensaje vía WhatsApp al +54 911 4505-3144

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIAL. DERECHO PREVISIONAL PARA FUERZAS DE SEGURIDAD."Cesantía, Haber de Pasividad, Derecho a ...
15/03/2022

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIAL. DERECHO PREVISIONAL PARA FUERZAS DE SEGURIDAD.

"Cesantía, Haber de Pasividad, Derecho a Prestación Médico Asistencial"

La Seguridad o Previsión Social es el sistema que se ocupa de garantizar el bienestar en una sociedad, cuya existencia se basa en las aportaciones que realizan los contribuyentes de manera obligatoria, mediante aportes legalmente exigidos cuando se desarrolla una actividad o profesión.

La previsión social es un Derecho Humano que debe ser garantizado por el Estado a la comunidad en su conjunto, por lo cual es tambien una prerrogativa de los Trabajadores de las Fuerzas de Seguridad y sus Familias.

No obstante muchas veces los regímenes exorbitantes y las prácticas institucionales dificultan o impiden a los titulares ejercer sus derechos, ya que al desconocer como funciona el sistema y desprovistos de toda asistencia quedan a merced del voluntarismo y la buena fe de ciertos funcionarios y áreas que fuera de brindar soluciones y respuestas, incurren en incumplimientos y omisiones provocando daños irreparables a quienes con trabajo y esfuerzo aportaron durante toda su carrera.

Por todo lo mencionado la Secretaría de Asuntos Jurídicos de UPPSA informa:
Si tenés 20 o más años de servicios y quedaste cesante, tenés derecho a un haber de pasividad y de acceder junto a tu grupo familiar a una prestación médico asistencial.

Hacé valer tus derechos. Estamos para ayudarte.

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIAL. DERECHO PREVISIONAL ESPECIALIZADO EN FUERZAS DE SEGURIDAD.La Seguridad o Previsión Soci...
04/03/2022

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIAL. DERECHO PREVISIONAL ESPECIALIZADO EN FUERZAS DE SEGURIDAD.

La Seguridad o Previsión Social, es el sistema que se ocupa de garantizar el bienestar en una sociedad, cuya existencia se basa en las aportaciones que hacen los contribuyentes, de manera obligatoria, mediante aportes legalmente exigidos cuando se desarrolla una actividad o prefesión.

La Previsión Social es un "Derecho Humano" que debe ser garantizado por el Estado a la Sociedad en su conjunto, por lo cual es tambien una prerrogativa de los trabajadores de las Fuerzas de Seguridad y sus Familias.

No obstante, muchas veces los regímenes profesionales exhorbitantes y las prácticas institucionales dificultan o impiden a los titulares g***r de estos beneficios, por lo cual desconociendo como funciona el sitema y desprovistos de toda asistencia caen prisioneros de un círculo vicioso en el que se encuentran a merced del “voluntarismo o buena fe" de las áreas competentes, que lejos de brindar respuestas y soluciones incurren en omisiones y exceden plazos, provocando daños irreparables a quienes con trabajo y esfuerzo aportaron durante toda su carrera.

Por estos motivos se conformó un equipo de profesionales especializado en gestión de Beneficios Previsionales (Retiros, Jubilaciones y Pensiones), para uniformados y civiles de la Policía Federal Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, y Servicio Penitenciario Federal, preparados para intervenir en el análisis preliminar del caso, la presentación de documentación requerida conforme la reglamentacion vigente, y el otorgamiento del beneficio.

Hacé valer tus derechos, estamos para ayudarte.

20/11/2021
ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALESLas Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) al igual que otros servicio...
31/08/2021

ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) al igual que otros servicios que preferimos evitar, muchas veces y en los peores momentos presentan obstáculos que nos impiden acceder a la asistencias y beneficios que la ley establece. El desconocimiento de los trabajadores sumado a las conductas desinteresadas y negligentes de los empleadores, pueden provocarnos graves perjuicios si no procedemos adecuadamente.

La Ley de ART comprende tanto los Accidentes ocurridos en el ámbito laboral, así como la Enfermedades Profesionales producto de las condiciones de empleo y los Siniestros que puedan acontecer “in itinere”, esto significa, en el trayecto del trabajador desde su domicilio hacia su lugar de trabajo y viceversa.

El trabajador también tiene derechos si contrae una Enfermedad Profesional. Se denomina Enfermedad Profesional a aquellas enfermedades contraídas por causas directamente asociadas con el trabajo, ya sea por las condiciones ambientales o por la modalidad del mismo.

¿Qué es un Accidente de Trabajo o Laboral?
Es un hecho súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma.

-Si Usted tuvo un accidente de trabajo o un accidente “in itinere” y le quedaron secuelas debe reclamar una indemnización;
-Si sufrió un Accidente de Trabajo y fue despedido Usted debe iniciar un reclamo;
-Si el Accidente Laboral ocurrió en Período de Prueba también se encuentra cubierto ya que la ley de ART no distingue antigüedad, dado que es una cobertura de seguros y la misma rige al instante de ser dado de alta.

Preguntas Frecuentes: Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales

-¿Que son las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)?
Son empresas privadas contratadas por los empleadores. La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, siempre que reciba una denuncia tanto de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

-¿Qué cubren las Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)?
Tienen cobertura los considerados infortunios laborales, es decir, los accidentes de trabajo (tanto los ocurridos en ocasión de prestar tareas como “in itínere”), como las enfermedades profesionales.

-¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?
Debe informar el hecho de manera fehaciente al empleador quien tiene la “obligación” de comunicar el accidente o enfermedad a la ART.

Si su empleador no efectúa la gestión correspondiente ante la ART la debe realizar Usted mismo con acompañamiento profesional.

Es importante destacar que la ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional.

-¿El reclamo puede perjudicar mi continuidad laboral?
El reclamo es en contra de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), a los fines que cubra las prestaciones médicas o dinerarias que pudiera requerir el trabajador, por lo cual no debería afectar de ninguna manera su continuidad laboral.

-¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?
La ART debe tomar los recaudos necesarios para otorgar de forma inmediata “todas” las prestaciones médicas y dinerarias a su cargo. Adicionalmente debe facilitar el traslado hacia y desde el prestador médico.

-¿Cuáles son las prestaciones que deben brindar la ART?
La ley establece dos tipos de prestaciones que deben ser otorgadas por la ART: médicas y dinerarias.

Las prestaciones médicas consisten en servicios y beneficios para asistir al trabajador, tales como: asistencia médica y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional, y servicio funerario. Estas prestaciones deben ser otorgadas hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes.

Las prestaciones dinerarias por su parte, apuntan a cubrir la pérdida de los ingresos del trabajador por no poder concurrir a prestar tareas en virtud de su incapacidad. De esta manera, la ART debe brindar al trabajador una prestación dineraria mensual hasta que se le otorgue el alta o hasta que se cumplan dos años de su accidente.

-¿Puede la ART rechazar un accidente o enfermedad profesional?
A partir de la recepción de la denuncia la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional pudiendo extender este plazo por otros 10 días hábiles, siempre que le notifique que hará uso de esta ampliación del plazo.

Si por algún motivo le rechazan su accidente o enfermedad laboral, debe consultar con un profesional. En ese caso debe realizarse una presentación ante la Comisión Médica para iniciar el Trámite por Rechazo de la denuncia de la contingencia.

-¿Qué requisitos debe tener el Alta Médica?
Luego de otorgado el tratamiento correspondiente, el médico de la ART le otorgará el alta. El alta debe ser confeccionada por escrito y notificada al trabajador. Al ser otorgada el alta el trabajador deberá presentarse ante su empleador para reiniciar la actividad laboral.

-¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el Alta Médica?
En el supuesto de estar en desacuerdo con el alta otorgada debe informar a su empleador para que este solicite un reingreso a la ART, o bien solicitar directamente el reingreso a la ART con asesoría letrada.

Ante cualquier duda, esperamos su consulta.

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIALNo son pocas las oportunidades que los servidores públicos de las Fuerzas de Seguridad (u...
26/07/2021

DERECHO ADMINISTRATIVO POLICIAL

No son pocas las oportunidades que los servidores públicos de las Fuerzas de Seguridad (uniformados y civiles), son sancionados de manera arbitraria e ilegal por sus superiores.

Estas medidas administrativas generalmente carentes de argumentos objetivos y fundamentos legales pueden esconder "motivaciones persecutorias", para subordinar y perjudicar a los funcionarios.

Los regímenes profesionales exhorbitantes y las prácticas institucionales impiden a los afectados ejercer adecuadamente el derecho de defensa que los asiste, por lo cual no apelan las resoluciones y los actos administrativos que provocan graves consecuencias en sus carreras profesionales, afectando incluso derechos personalísimos.

Descuento de haberes, antecedentes negativos, cambios compulsivos de destinos, cargos o funciones no reconocidos, ascensos truncos e incluso despidos, son algunos de los perjuicios que los trabajadores de la seguridad pueden sufrir.

Por estos motivos, es sumamente importante que el personal se asesore y accione impidiendo abusos.

23/12/2020

En plena pandemia de COVID-19, quince trabajadores esenciales de una Fuerza Federal son despojados de sus fuentes laborales

16/12/2020
SERVICIO DE ASESORAMIENTO, GESTIONES, Y TRÁMITES IMPOSITIVOSLa Secretaría de Asuntos Jurídicos informa, que debido a las...
05/12/2020

SERVICIO DE ASESORAMIENTO, GESTIONES, Y TRÁMITES IMPOSITIVOS

La Secretaría de Asuntos Jurídicos informa, que debido a las diferentes consultas recibidas acerca del "Sistema para Registrar y Actualizar las Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)", presentación de Declaraciones Juradas y otros, se encuentra a disposición de todos aquellos interesados profesionales matriculados especializados en asesoramiento, gestiones y trámites impositivas ante AFIP, ARBA, y otros organismos y entes gubernamentales.

-Monotributo: alta y baja, modificación de datos, recategorizaciones.
-Servicio Doméstico.
-Formulario anual deducciones Impuesto a las Ganancias Personal en Relación de Dependencia (SIRADIG).
-Declaración Jurada Informativa Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
-Ingresos Brutos: alta y baja, Convenio Multilateral.
-Ingresos Brutos Pcia. de Buenos Aires: alta y baja, presentación Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales.
-Moratorias y planes de pago;
-Otros trámites y gestiones.

Contactanos por privado para recibir la mejor atención, de un asesor especializado.

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