19/06/2026
La Ley 27.802 introdujo modificaciones en los dos actos procesales centrales del juicio ordinario laboral: la demanda y su contestación.
Por un lado, incorporó el inc. 8 al art. 65: quien demanda debe mencionar los medios de prueba que pretende hacer valer y acompañar o individualizar los documentos en su poder —o indicar dónde se encuentran si no los tuviere. Se consolida así la carga de ofrecer prueba desde el inicio del proceso.
Por otro lado, sustituyó el art. 71: se mantiene la presunción de veracidad de los hechos ante la rebeldía del demandado, y se regula el mecanismo de reconocimiento o desconocimiento de la documentación aportada por la parte contraria.
La carga de ofrecer prueba desde el inicio reordena la demanda y su contestación.
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