13/03/2026
No.
Si el titular de un inmueble falleció, la propiedad continúa legalmente a su nombre.
Para poder venderla es necesario iniciar la sucesión y obtener la declaratoria de herederos.
La inscripción en el registro correspondiente puede realizarse posteriormente o, en muchos casos, al momento de la venta mediante tracto abreviado (tema que podemos desarrollar en otro post).
Recién entonces los herederos pueden disponer del inmueble.
Regularizar una sucesión a tiempo evita conflictos y facilita la disposición de los bienes.
📍 Asesoramiento en sucesiones
CABA y Provincia de Buenos Aires.