23/04/2020
Muchas personas, preocupados por la idea de no llegar a ver a sus hijos hasta que acabe la cuarentena, nos consultaron por el régimen de comunicación que tienen vigente y que han pautado judicial, extrajudicial o verbalmente.
Con el establecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y durante su vigencia, LOS TRASLADOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES HIJOS E HIJAS DE PADRES SEPARADOS QUEDARON SUSPENDIDOS.🚸🚫
EL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE DEBE PERMANECER CON EL PROGENITOR CON EL CUAL SE ENCONTRABA ALOJADO AL COMIENZO DEL AISLAMIENTO OBLIGATORIO (20 DE MARZO). 🏡🏠
⚠️EXCEPCIONES: Está permitido realizar un único traslado si: i) al momento en que se dictó el aislamiento social, preventivo y obligatorio el menor se hubiera encontrado en la casa del progenitor/a no conviviente o de algún otro familiar distinto al de donde tiene su centro su vida, y ii) si por una cuestión de comodidad o salud deba trasladarse a otro domicilio más adecuado al interés superior del niño para cumplir el aislamiento social.⚠️
➡️ En el caso de tener que hacer un traslado excepcional, es necesario, para circular: i) declaración jurada; y ii) documento nacional de identidad (DNI) propio y del menor.
‼️Es claro, entonces, que, al menos hasta que termine el aislamiento, los regímenes de comunicación no podrán hacerse efectivos, en tanto puede verse afectada la salud de los hijos. ES OBLIGACIÓN DE LOS PADRES PROTEGER A LOS MENORES Y DEBE PRIMAR, SIEMPRE, EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.‼️
Por otro lado y de acuerdo al sentido común, LA MEJOR ALTERNATIVA JURÍDICA será llegar a un acuerdo entre las partes, pautando días y horarios, en dónde se decida el uso de diferentes plataformas digitales para que el padre no conviviente pueda ver al hijo. ES OBLIGATORIO GARANTIZAR LA COMUNICACIÓN DEL MENOR CON EL PROGENITOR NO CONVIVIENTE EN TIEMPOS DE CUARENTENA.📱🖥️💻📞
Si uno de los padres aprovechase el aislamiento para impedir el contacto con el otro, tendría, a futuro, consecuencias legales.🏛️✍️👨⚖️
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