29/08/2020
🏡 ¿Qué pasa con la nueva ley de alquileres?
🔸 El plazo mínimo del contrato de alquiler ya sea comercial o de vivienda es de 3 años.
🔸 Si el alquiler es para vivienda no se puede pedir al inquilino el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a 1 mes.
🔸 Los contratos de locación de inmueble deben ser declarados por el locador ante la AFIP.
🔸 Renovación del contrato:
Dentro de los 3 últimos meses del contrato de alquiler, cualquiera de las partes puede convocar a la otra para acordar la renovación del contrato. Debe notificarla de forma fehaciente en un plazo no mayor a 15 días corridos.
Si el locador guarda silencio o se niega a llegar a un acuerdo y está debidamente notificado, el inquilino puede finalizar el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización.
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