23/06/2026
¿Sabías que la cuota alimentaria no se limita únicamente a la comida?
El Código Civil y Comercial establece que comprende alimentación, educación, vivienda, vestimenta, salud, recreación y otros gastos necesarios para el desarrollo integral de los hijos.
Además, la ley reconoce expresamente que las tareas de cuidado realizadas por el progenitor conviviente tienen valor económico y constituyen un aporte a la manutención.
📌 Este último aspecto merece un análisis particular. El reconocimiento legal del valor económico de las tareas de cuidado es un tema de gran importancia en el Derecho de Familia, por lo que será desarrollado con mayor profundidad en una próxima publicación.
Conocer estos derechos permite comprender mejor el verdadero alcance de la obligación alimentaria.
⚖️ Abg. Melina Ortiz MP 2829 CAS
📍 Aguilares y sur de Tucumán
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