Servicio de constitución de Firma Personal en Venezuela destinado a cualquier persona natural que ejerza la actividad comercial por sí sola, que no tenga asociado alguno. Una firma personal es un documento donde te declaras comerciante ante el registrador mercantil y eso te da derecho a usar un nombre comercial y a asumir las funciones que cumpliría cualquier empresa o sociedad mercantil, con las
limitaciones que tu eres el único socio, te da derecho a utilizar facturación con todas las de la ley. NECESITAS DISPONER DE DINERO PARA COSTEAR:
1) HONORARIOS PROFESIONALES.
2) DERECHOS DEL FISCO (Impuestos nacionales SENIAT).
3) DERECHOS DE REGISTRO (Pagos para el Registro).
4) OTROS RECAUDOS: ESTAMPILLAS NACIONALES Y ESTAMPILLAS REGIONALES. Todo ello va a depender del capital con el que vayas a constituir tu firma personal. El Registro podrá solicitar según el caso alguno de estos recaudos:
1. Requerimiento del nombre y su solicitud (art.26 y 28 del Código de Comercio). que todo comerciante que no tenga un asociado o que no tenga sino sólo un participante, no puede usar otra firma o razón del comercio, que su apellido con o sin el nombre. Además de esto, nos dice que podrá agregarle todo lo que sea útil para la más precisa identificación de su persona o negocio; sin hacerle adición alguna que haga creer en la existencia de una sociedad.
2. Pagar por la reserva del nombre. El registro mercantil indicará la tarifa y la forma de pago.
3. Acta o Documento constituido y visado por un abogado (de acuerdo a lo establecido en los artículos 17 y siguientes del código de comercio).
4. personal y fotocopia de la cédula de identidad.
5. Estampillas (En el registro mercantil indicarán cuanto es el valor y el número de estampillas).
6. Soporte del capital: si está en efectivo se deberán presentar las referencias bancarias y los últimos movimientos de las cuentas. Si el capital está en forma de bienes o inventario se deberá presentar la(s) factura(a) original(es) que indiquen el valor de tales bienes o mercancías.
7. Planilla de liquidación de tributos (es entregada en el registro mercantil cuando los documentos son consignados), esto quizá aplica para algunos estados de Venezuela, por ello, hay que verificar en el registro mercantil si se debe presentar o no. Tramitas tu R.I.F. de la firma personal, en el SENIAT y luego te diriges a la litografía de tu preferencia a hacer tu talonario de facturas o compras tu maquina fiscal. A partir de allí puedes facturar. También adquieres otras obligaciones como declarar IVA e ISLR inscribirte en el SSO INCE y Mintra que son fundamentales si vas a participar en una licitación del gobierno. Pero puedes comenzar a trabajar con tu registro, R.I.F. , y facturas.