ESCRITORIO JURÍDICO QUINTERO

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06/08/2024

Las leyes son normas a seguir por cada ciudadano en una nación para que no exista caos en una sociedad .

06/08/2024

Las normas dentro de un país deben ser acatadas por todos los habitantes del mismo, no pudiendo alegar el desconocimiento de la misma.articiulo 2 del código civil venezolano., es decir, que la excusa no es valedera para acatar y cumplir la ley.

12/08/2023

Artículo 2 código civil venezolano, reza " la ignorancia de la ley no excusa de su incumplimiento".
Esto quiere decir, que cualquier venezolano o extranjero que se encuentre dentro del territorio nacional no puede violentar las normas por las que nos regimos en el país, porque les traería como consecuencia sanciones civiles, penales y administrativas , alegando que ignoraba la ley.

11/08/2023
09/10/2014

Lawyer & law firm

09/10/2014

ESCRITORIO JURÍDICO
DR. MARCO QUINTERO
PENALISTA

Asuntos: Civiles, Mercantiles, Penales, Contratos, Bienes, Familia, Sucesiones, Registro de comercio, Asesorias, Juicios, Cobranzas. Se redactan documentos (venta, arrendamientos, opción compraventa, poderes, autorizaciones, declaraciones juradas, entre otros. Teléfono; 04247164532.

15/09/2012

Competencia desleal.
Innumerables son las tácticas inadmisibles que se presentan de competencia desleal.

Nuestra Carta Magna consagra en el Art. 112, los conceptos programáticos de la libertad de empresa y la iniciativa privada, en los términos siguientes: "Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estado promoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía". Significa que cualquier ciudadano tiene el derecho a dedicarse a la actividad lucrativa de su gusto, y se le garantiza ese derecho, el cual sólo podrá ser restringido por otras disposiciones del mismo texto constitucional o a través de la Ley.

En ese sentido, la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, otorga a la superintendencia del ramo, potestades para implementar deberes y/o cargas concretas al infractor. Innumerables son las tácticas inadmisibles que se presentan en la realidad, demostrativas de competencia desleal. Por ejemplo: socios o empleados de confianza que por manejar el know how de la empresa o por g***r del acceso a la tecnología, deciden "montar tienda aparte" de forma oculta y a espaldas del propietario. La violación de marcas comerciales o signos distintivos de un grupo económico, por otros que pretenden hacer valer derechos causando graves daños patrimoniales. El desvío de los clientes o los proveedores del patrono, en provecho de la "empresa paralela" recién creada por los transgresores.

Surge la pregunta: ¿Cuáles medidas se pueden adoptar ante esta problemática que se repite a diario? Al respecto, los abogados en Venezuela subrayan el contenido de la norma citada. La Superintendencia está dotada de funciones de policía administrativa en lo relativo a la libre competencia. A ella se le asigna la vigilancia y el control de las actuaciones que impidan o reduzcan el tráfico jurídico mercantil. Dispone la Ley, que en la resolución que ponga fin al procedimiento, la Superintendencia deberá decretar sobre el acontecer o no de comportamientos vedados. Cuando se determine la existencia de prácticas prohibidas, la Superintendencia podrá: 1) Ordenar la terminación de las prácticas prohibidas en un plazo específico. 2) Imponer condiciones u obligaciones al incumplidor. 3) Exigir la supresión de los efectos de las prácticas prohibidas. 4) Aplicar las sanciones pertinentes.

Precisamos que la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia, en sus fallos no puede fijar obstáculos a las relaciones comerciales de los reclamantes ni desconocer el derecho a la libertad económica. La autoridad administrativa se encuentra impedida de acordar medidas contrarias a la iniciativa privada. De suceder, es procedente recurrir a la instancia superior para solicitar la revocación de dicho dictamen. En las circunstancias planteadas, lo apropiado es que recaiga providencia que restablezca la situación jurídica infringida, sin el quebrantamiento de los derechos del contraventor.

13/09/2012

La Justicia es el arma del Inocente, y si no esta pendiente abusan de él.

13/09/2012

La Justicia es el arma del Inocente

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