12/01/2025
🗳📌 SE PUBLICA DECRETO SOBRE PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA
Mientras nos preparabamos para el fin de año, se publicó el decreto que modifica el artículo 19 de la Constitución.
Su objetivo: edurecer y ampliar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Forma parte del paquete de decretos que se heredaron*
📍¿Qué cambia?
La reforma plantea que, si alguien es acusado de delitos específicos, el juez deberá dictar prisión preventiva oficiosa, sin importar otros factores.
Esto elimina la posibilidad de los jueces para analizar cada caso y decidir si la prisión es la única medida adecuada.
📍Delitos que ahora ameritarían prisión automática:
Además de los ya conocidos, la reforma añade nuevos delitos que se consideran graves. Entre ellos destacan:
• Extorsión
• Actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras dr**as sintéticas
• Contrabando y uso de comprobantes fiscales falsos
Además, se incluye en la reforma una advertencia para los jueces: deben apegarse a la literalidad de la ley, sin interpretaciones extensivas o análogas.
En otras palabras, los jueces no podrán aplicar esta normativa de manera flexible acorde a las circunstancias de cada caso.
📍¿Qué significa esto?
La prisión preventiva preventiva, también conocida como prisión “sin juicio”, obliga a que personas acusadas de estos delitos sean encarceladas automáticamente mientras esperan su juicio.
La justificación es reducir la impunidad en delitos graves, pero lamentablemente prevalece el riesgo de abuso y detenciones prolongadas sin una condena ha generado controversia.
Y afecta en mayor proporción a las mujeres, personas indígenas y personas en situación de pobreza.
Además, este tipo de medidas ha sido criticado por organismos nacionales e internacionales por su impacto en los derechos humanos.