21/09/2026
📣 ¡Caso de Éxito! Logramos la exclusión de responsabilidad penal al desvirtuar el delito de marcaje imputado a un menor de edad. ⚖️ ✨
En la práctica jurídica especializada, una defensa técnica eficaz exige acreditar fehacientemente la falta de correspondencia con los hechos imputados. En este supuesto, asumimos la defensa demostrando la ausencia de responsabilidad del menor al no haberse probado que efectivamente los hechos que se le atribuían calzaban en el delito de marcaje estipulado en el Artículo 317-A del Código Penal.
¿Qué determinó la autoridad judicial y fiscal?
Tras el riguroso análisis jurídico de los actuados, se logró desvirtuar de manera categórica la imputación del delito. El Juzgado, al evidenciar la falta de diligencia al imputar un delito que no corresponde, valoró correctamente el desarrollo del marcaje por parte de la defensa, determinando la no responsabilidad penal ni civil del menor, y consolidando el archivo definitivo.
En Reaño Álvarez Firma Legal, reafirmamos nuestro compromiso con la defensa técnica de los derechos fundamentales y la correcta aplicación de la ley.
Exp. 02873-2026-0-1601-JR-FP-03