31/07/2026
A tomar en cuenta. El Tribunal Constitucional está invadiendo funciones que le competen a los jueces penales del Poder Judicial. Se está desnaturalizando el sentido del hábeas corpus que fundamentalmente tiene que ver con la libertad de la persona y no en calificación de tipos penales.
Fundamentos destacados: 13. Asimismo, con el criterio de la sentencia en mayoría, no solo se estaría desnaturalizando al proceso de habeas corpus, contradiciendo la jurisprudencia acumulada a lo largo de los años sobre este tema, tal como ha sido expuesto supra, sino que se generaría la expectativa en otros justiciables, que se encuentren en la misma situación, de cuestionar las resoluciones judiciales que se pronuncien sobre excepciones de improcedencia de la acción, sobre la base del principio «a igual razón, igual derecho» (ubi eadem ratio, idem ius).
14. En ese sentido, la decisión adoptada tendría grandes implicaciones en la tramitación de procesos de habeas corpus en la justicia constitucional, por cuanto: a) se abre la puerta a que se cuestionen no sólo resoluciones que resuelvan excepciones de improcedencia de la acción, sino de otras que tampoco tengan mayor implicancia en la libertad personal; y b) se incentiva que los recurrentes acudan al habeas corpus de manera prematura, esto es, antes de que los procesos ordinarios culminen, dejando de lado los mecanismos ordinarios de tutela que la legislación ha previsto.
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