28/09/2026
⚖️ ¿Todo despido genera automáticamente una indemnización por daño moral?
La Corte Suprema ha precisado que el despido y el daño moral son conceptos distintos. Por ello, la sola existencia de un despido contrario a derecho no implica, por sí misma, que exista daño moral.
Sin embargo, existe una precisión importante: el despido puede constituir un hecho pluriofensivo, pues sus efectos pueden alcanzar otros derechos fundamentales del trabajador, como la dignidad, el honor, la reputación, la salud o la integridad.
En estos supuestos, una reparación adicional por daño moral deberá analizarse conforme a las circunstancias del caso y las reglas de acreditación establecidas por la Corte.
📌Link de la casación:
https://drive.google.com/file/d/17B_J89SQZUytKOFLLZpTusQqEdbH_Vs1/view?usp=sharing
Para las empresas, este criterio refuerza la importancia de evaluar, sustentar y documentar adecuadamente toda decisión de desvinculación laboral, considerando no solo la causa del cese, sino también sus posibles implicancias.
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