08/08/2026
SUNAT no puede desconocer una declaración rectificatoria del IGV basándose únicamente en diferencias entre casillas
La RTF N.º 06119-3-2022 establece que la SUNAT no puede negar los efectos de una declaración rectificatoria atendiendo únicamente a la información consignada en determinadas casillas del PDT. Debe analizar las operaciones efectivamente realizadas y la documentación presentada por el contribuyente.
Asimismo, la RTF N.º 11713-5-2024 señala que la determinación tributaria debe evaluarse integralmente. Por lo tanto, una diferencia entre el Registro de Compras SIRE y las casillas 107 y 114 del Formulario 621 no basta para desconocer el crédito fiscal.
La SUNAT debe identificar las adquisiciones internas e importadas, verificar cuáles otorgan derecho al crédito fiscal y determinar si una eventual reclasificación modifica el impuesto o el saldo a favor.
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