01/09/2026
JUSTICIA TV: ¿CANAL INFORMATIVO O TRITURADOR DE DERECHOS?
¡Luchemos juntos!
En una sociedad constitucional y democrática de intensa y agresiva información de contenido legal, muchas de estas trituradoras del artículo 1 de nuestra Carta Política, el papel de los medios de comunicación, de enfoque jurídico, debe ser doblemente más reforzado. En aras del “sagrado y supremo” principio de publicidad, todo tipo de actuación judicial debe necesariamente hacerse pública, y difundirse.
Justicia TV 👀 tiene un deber aun mayor. Es el canal de comunicación judicial y oficial del Poder Judicial. Y al serlo del Poder Judicial, lo es también del Estado. Es la voz de ambas. El Poder Judicial se expresa a través de este canal. Y, naturalmente, argumentos más, argumentos menos, si el Poder Judicial es el llamado a cautelar la presunción de inocencia y el respeto a los derechos y garantías de orden legal, constitucional y convencional de sus usuarios de justicia (porque son suyos, al ser este canal garante de la información que asume, publica y difunde).
Pero eso no es así. Justicia TV 👀 se ha vuelto el canal de mayor degradación e irrespetuoso del ser humano, del usuario de su justicia. Un porcentaje voraz de casos que transmite (independientemente del tipo de audiencia), viene acompañado de la etiqueta que policiacamente -con complacencia fiscal- es generada por la Policía Nacional. Para Justicia TV no hay identidades, no hay DNIs, los usuarios de justicia no tienen madre ni padre (no tienen identidad, en suma). Son solo etiquetas, acompañado del delito. Este es el primer escenario.
El segundo es otro. Ya no hay etiqueta. Se coloca el nombre de un acusado, usualmente sacrificado por ser el de mayor notoriedad pública, o ruido social, acompañado de la frase
Otros (así, en mayúscula, haciendo referencia a que existe toda una comparsa de acusados) y del nombre del presunto delito, proyectando ante la opinión pública una individualización innecesaria que excede la finalidad publicitaria de la difusión de audiencias.
Esta es también una forma manifiesta de menoscabar el principio de presunción de inocencia, a manos del Poder Judicial y del Estado, mediante su triturador canal. Esto pasó con una cliente del estudio (Nadine Heredia Alarcón), como seguramente pasa con vuestros clientes. En cada audiencia que se venía dando, se advertía que su nombre primaba ante los demás investigados, aun cuando se trataba de un extraneus del delito de colusión agravada.
Entonces decidimos enfrentar este fenómeno judicial. Le encargué a mi asistente (Franze Spinetta), solicitar al juez del caso que disponga al área de comunicaciones o la unidad responsable del canal de YouTube “Justicia TV - Audiencias”, cesar de consignar el nombre de mi patrocinada en los títulos de futuras transmisiones o videos relacionados con el presente proceso, ya difundidos, reemplazándolos por una denominación neutral.
El juez rechazó nuestro pedido, señalando que el área de comunicaciones responsable es una oficina administrativa autónoma, por lo cual, no tiene competencia para emitir tal disposición o restricción, dejando a salvo nuestro derecho a presentar nuestra solicitud ante la oficina administrativa correspondiente. En este punto, cabía preguntarse ¿Cuál era dicha área correspondiente?
Luego de múltiples comunicaciones, con acentos y tonos -con autoridad- que escalaban poco a poco, nos dimos cuenta que específicamente no existía conducto regular frente a estas situaciones. Se trataba para ellos un “pedido inusual”. En suma, acudimos a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia, para derivarla a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional encargada del canal sistemáticamente triturador del artículo 1 de nuestra carta fundacional, Justicia TV.
¡Se logró! El canal transmite las audiencias neutralmente. Se evita colocar todo tipo de identidad del usuario de justicia acusado. Logramos democratizar y adecentar la información.
Casos hay muchos, y respuestas también. A modo de ejemplo, el Tercer Juzgado
de Investigación Preparatoria (Exp. 00011-2020-9-2002-JR-PE-03) ordenó eliminar la etiqueta “los gánsters de la política”, por violatorio a múltiples derechos de los seres humanos ahí investigados. El Tribunal Constitucional, entre otras decisiones, en el Exp. 02825-2017-PHC/TC, señaló que no existe una conexión entre el establecimiento de las medidas para afrontar de forma mas efectiva la realización de hechos delictivos y la exposición pública de las personas detenidas.
Cuando esto ocurra, luchemos. No seamos placenteros, frágiles ni sumisos. El sistema, fracturado y débil, desea litigantes cómodos, que agachen la cabeza y hagan amén a todas estas bajezas. Seamos peones, pero de las garantías y derechos. Solo así el sistema camina. No importa el apellido, cargo o caso, el artículo 1 de nuestra sagrada Constitución Política no hace diferencias. La dignidad es una sola. Se respeta y no se tritura.
¡No seamos cómodos! Pechemos, con autoridad y firmeza, y dentro de los canales y respetos correspondientes.
Saludos,
Juan Carlitos 🇵🇹