24/01/2020
Se establece el acceso a los antecedentes policiales de la pareja.
Así lo regula el Decreto de Urgencia Nº 023-2020 publicado hoy en el Diario Oficial el Peruano. Toda persona tiene el derecho de conocer los antecedentes policiales de su pareja, es decir, con quien se tiene una relación sentimental, sea matrimonio, unión de hecho, de enamoramiento, noviazgo u otras.
La información de los antecedentes policiales puede ser dada de forma verbal u otro mecanismo accesible disponible, no siendo necesaria ni obligatoria la emisión de un certificado.