06/08/2026
¿Cómo dejar sin efectos una orden de aprehensión?
PRINCIPALES CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA SUPREMA CORTE PARA SU VALIDEZ:
A) Naturaleza jurídica de la orden de aprehensión
Es un medio de conducción al proceso penal, no una medida cautelar.
Su finalidad exclusiva es garantizar que la persona imputada comparezca ante el juez.
Su duración es temporal: únicamente el tiempo necesario para la presentación.
B.) Regla general: aplicación SUCESIVA Y GRADUAL
Las formas de conducción al proceso deben agotarse en este orden:
i. Citatorio para audiencia inicial
ii. Orden de comparecencia con fuerza pública (si no acude sin justificación)
iii. Orden de aprehensión (solo si el Ministerio Público justifica “necesidad de cautela”)
C) Excepción: declaratoria de sustracción de la justicia
El juez puede librar orden de aprehensión sin agotar las etapas previas si se declara que el imputado se sustrajo de la acción de la justicia.
Esto procede cuando:
- No comparece a una citación judicial sin causa justificada
- Se fuga del lugar donde está detenido
- Se ausenta de su domicilio sin aviso (teniendo obligación de hacerlo)
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