08/01/2026
Que es una Querella…… Vs Que es Una Denuncia 🧐
El Artículo 221 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) de México establece las bases para el inicio de la investigación de delitos, indicando que esta puede comenzar por denuncia, querella o equivalente, y que el Ministerio Público y la Policía están obligados a investigar los hechos que lleguen a su conocimiento, sea por denuncia o comunicación, imponiendo la obligación a toda persona de denunciar hechos delictivos. Este artículo detalla cómo se inicia una investigación penal y los deberes de las autoridades y ciudadanos en el proceso.
En México, una querella es el acto formal por el cual la víctima de ciertos delitos (como fraude, abuso de confianza o daño a la propiedad) expresa su voluntad de que se inicie una investigación y se sancione al responsable, convirtiéndose en parte acusadora y siendo indispensable para delitos que requieren iniciativa de la parte afectada, a diferencia de una denuncia donde cualquiera puede informar el hecho. Se presenta ante el Ministerio Público y debe incluir la narración de hechos, identificación del presunto responsable y pruebas, siendo un requisito de procedibilidad para ciertos ilícitos.
Características Clave de la Querella en México:
Voluntad de la Víctima: Es un acto de voluntad donde la víctima decide ejercer la acción penal.
Participación Activa: La persona que la presenta se convierte en parte acusadora en el juicio (el "querellante")
En México, una denuncia es el acto formal de informar a una autoridad (Ministerio Público) sobre la posible comisión de un delito o una falta administrativa, buscando que se inicie una investigación y se tomen las medidas correspondientes, pudiendo ser presentada por cualquier persona sobre hechos que conozca, sin necesidad de ser la víctima directa, y puede ser verbal o escrita.
Objeto: Poner en conocimiento de la autoridad hechos que podrían ser un delito o una falta administrativa/corrupción, como faltas de servidores públicos.
Iniciativa: Puede presentarla cualquier persona, no solo la víctima, al conocer un hecho punible.
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