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05/03/2019

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22/10/2018

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08/02/2018

¿Alguna vez te has preguntado cuánto recibirás de pensión después de haber trabajado toda tu vida? Ahora podrás saberlo. Durante febrero, 21 millones de trabajadores recibirán el estado de cuenta de su Afore por correo y en ese documento verán un aproximado de su futura pensión mensual. ¿Estás listo para conocer tu cálculo de Afore?

Qué incluye este documento?

El estado de cuenta mostrará, tomando en cuenta tu nivel salarial y tu saldo actual, un estimado de la pensión que vas a recibir cuando decidas ponerle punto final a tu vida laboral.

La idea es que tengas un panorama más amplio acerca de tus ahorros y puedas ver con mucha anticipación el monto que recibirás de pensión cada mes para que puedas tomar decisiones desde ahora para aumentar dicha cantidad.

De igual manera, se incluirá el termómetro del retiro, para que localices en qué situación está tu ahorro: insuficiente, débil, básico y sano. Así como opciones para ahorrar.

Sin embargo, los cálculos no terminan ahí. Adicionalmente, se integrará un apartado con tres supuestos de ahorro voluntario, mostrando cómo crecería el monto de tu pensión si ahorraras cierta cantidad de manera voluntaria.

Por ejemplo, una persona de 25 años con un salario mensual de $13,331 que se retire a los 65 años recibirá 3,952 pesos al mes.

Esa misma persona puede elevar el monto en 10 %, 20 % y 50 % si ahorra mensualmente $107, $214 y $535 respectivamente.

Para cualquier duda estamos a la Orden

20/01/2018

Al cierre de 2017, los jubilados se llevaron 64 mil 358 millones de pesos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), el año pasado se retiraron 52 mil 93 millones de pesos del IMSS.

El monto corresponde a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), y es 18.8 por ciento mayor a la de 2016, reconoció la Consar.

"Son retiros de personas que ya realizaron el trámite de pensión. Es cuando el trabajador dispone de todos los recursos de su cuenta Afore, ya sea para financiar su pensión, o bien, porque tiene derecho a retirarlos en una sola exhibición", explicó la Consar a El Heraldo de México.

La RCV es una subcuenta de la Afore. En ella se depositan las cuotas y aportaciones que hacen el patrón, gobierno federal y el trabajador para la pensión Las otras dos subcuentas son: Aportaciones Voluntarias y Vivienda.

Disciplina financiera

Sobre el tema, Miguel Tuffic Ortega, director general del IMSS, ha señalado que la cobertura de las pensiones está garantizada hasta 2030, año en el que disminuirá la carga económica por el cambio de régimen de 1997.

"Hay que tener disciplina financiera, porque el tema de las pensiones presionará las finanzas de la institución al menos hasta 2030", agregó.

Los trabajadores con 60 o 65 años cumplidos ya pueden solicitar su pensión. Actualmente existen dos opciones para los trabajadores afiliados al IMSS.

El régimen 73, para los que cotizaron antes del 1 de julio de 1973 y el Régimen 97, para aquellos que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997.

En el ISSSTE existen también dos regímenes de pensiones.

El retiro depende del que se eligió, o bien del que le corresponde al trabajador, según su condición laboral: Décimo Transitorio, si estuvo activo laboralmente antes del 31 de marzo de 2007, fecha de entrada de la nueva Ley del ISSSTE, o Régimen de Cuentas Individuales, si la primera cotización o reingreso fue a partir del 1 de abril de 2007. //Fuente: El Heraldo de México

29/10/2017

Buen fin de semana a todos, les pido lean la siguiente información de gran importancia. Cualquier duda aqui estamos a la orden.

¿Qué pasa con el dinero de la Afore de alguien que murió?

Xanath Lastiri
10 Oct 2017

El sismo del pasado 19 de septiembre cobró más de 300 vidas en todo el país y dejó a cientos sin hogar, así como muchas dudas sobre el cobro de seguros para la vivienda y los amparos, y también nos llevó a preguntarnos: qué pasa con mi Afore si muero.

Poco a poco los gobiernos local y federal anunciaron distintas alternativas para mitigar la pérdida de bienes que dejó el colapso de edificios, entre éstas: créditos accesibles, apoyos económicos y hasta albergues provisionales, pero ¿qué pasará con los ahorros de las Afores de quienes perdieron la vida?

El dinero que reunió durante muchos años un trabajador y que colocó en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) debe quedar en manos de algún beneficiario, si es que el dueño de estos ahorros fallece, establece la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

La Consar está constituida por las cuentas individuales a nombre de los trabajadores que tienen Afore y es el organismo que vigila el manejo de los recursos a través del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Aquí te compartimos una guía que te responde si también te has preguntado: qué pasa con mi Afore si muero. También puede ser muy útil para que los familiares de quienes fallecieron durante el sismo.

Los beneficiarios

De acuerdo con la Consar, cuando el trabajador titular de la cuenta Afore muere y no dispuso de sus ahorros, éstos se heredan a los beneficiarios, quienes pueden disponer del dinero.

«Primero necesitas averiguar si la persona dejó asignado a un beneficiario. Si eres tú y apareces enlistado, entonces no debería haber problema para que te reconozcan como tal. Sin embargo, en caso de que el fallecido no haya nombrado a alguien, el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo precisa la preferencia de quiénes tendrán derecho a recibir la indemnización», explica Kathy Quintero, vocera de Resuelve tu Deuda.

Antes que nada, es importante revisar qué tipo de institución responde el trabajador, es decir, a los beneficiarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). La mayoría de los chilangos pertenecen al IMSS, por lo que, para mayor información sobre el cobro de su Afore, pueden consultar esta página.

La Comisión detalla que los beneficiarios pueden ser dos tipos: los legales y los sustitutos. Los primeros son quienes tienen derecho a solicitar una pensión y disponer de los recursos de la cuenta individual, y pueden hacerlo a manera de pensión o en un solo pago.

Lista de beneficiarios legales:

Viudo o viuda que dependa económicamente del trabajador.Hijos menores de 16 años.Padres o abuelos del trabajador.A falta de cónyuge, concubina o concubinario.Personas que dependían económicamente del trabajador.

Los beneficiarios sustitutos, que aplican únicamente a falta de los legales, sólo tienen derecho a disponer de los recursos de la cuenta individual.

«A fin de que el beneficiario sea reconocido, se necesita una resolución emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Para obtenerla, hay que acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quien ofrecerá asesoría jurídica gratuita y representación para obtener una sentencia favorable», agrega Kathy Quintero.

Requisitos para el cobro de los ahorros de las Afores

Si a través de este procedimiento legal se obtiene una sentencia favorable, ya se puede acudir a la administradora de fondos del familiar para pedir los recursos. Esta solicitud debe ir acompañada con el documento que lo avale como beneficiario, así como:

Identificación oficial del solicitante y del titular de la Afore.Documento con el número de seguridad social y RFC del fallecido.Acta de nacimiento y CURP de ambos.Certificado de defunción del propietario.Comprobante de domicilio reciente.Estado de cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos o contrato de administración de fondos para el retiro firmado con la Afore del occiso.Estado de cuenta bancario a nombre del beneficiario con número de CLABE.

La especialista en finanzas personales señala que en este paso podrían pedir otros documentos específicos según el tipo de beneficiario, por lo que «es importante tener una comunicación clara con la institución administradora para no faltar a ningún requisito».

Una vez que la solicitud sea procesada, la institución hará la entrega de los recursos a través de una sola exhibición, correspondientes al régimen del finado.

Procedimiento

Una vez identificados los requisitos, el proceso para poder solicitar el cobro de la Afore, de acuerdo con la Consar, es el siguiente.

En caso de ser beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS, para que te emita la resolución de pensión correspondiente.Si eres beneficiario sustituto, acude a la La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que te designa como beneficiario o, bien, a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría jurídica gratuita.Acudir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos antes mencionados y llenar el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán ahí.Una vez procesada la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario en una sola exhibición.

Recomendaciones

De acuerdo con la vocera de Resuelve tu deuda, «lamentablemente, mucha gente desconoce los efectos que conlleva extraer este dinero, ya que, al reducir el saldo de tu cuenta, también se disminuyen las semanas cotizadas. A pesar de que se puede reintegrar y normalizar la suma de tu Afore, quienes dejan pasar este procedimiento, reciben un monto menor al proyectado durante su jubilación».

Por lo tanto, dice, es recomendable conformar otros planes de ahorro o seguro de desempleo dentro del presupuesto, «para hacerle frente a un imprevisto sin que esto ponga en riesgo la tranquilidad de nuestro futuro

Pensión por ascendenciaLos hijos, cónyuges y concubinas son las primeras figuras para recibir una pensión (por viudez y ...
21/07/2017

Pensión por ascendencia
Los hijos, cónyuges y concubinas son las primeras figuras para recibir una pensión (por viudez y orfandad) para los cotizantes del IMSS. Sin embargo, en caso de no tener ninguno de estos lazos, los padres pueden solicitar una pensión por ascendencia.

Fue el caso de la familia de Rodrigo, de 32 años. Él murió en un accidente automovilístico. No tenía pareja, ni se casó, ni tuvo hijos. Como su padre es pensionado por el IMSS, no puede decirse que dependiera de Rodrigo económicamente, por eso no tiene derecho a este tipo de ayuda. Sin embargo, la madre de Rodrigo no trabaja y sí puede aspirar a esta renta.

En esta historia, Rodrigo cotizaba bajo la Ley de 1997 y tenía al menos 150 semanas de antecedentes laborales en el IMSS. La madre de Rodrigo lo acreditó y recibe una ayuda mensual de $820. De no haber padres, puede acreditarse pensión para familiares de primer grado (hermanos y, recientemente, incluso nietos).

Negativa de Pensión.El señor Gómez, a los 40 años de edad tuvo un infarto fulminante.Su viuda solamente pudo reclamar la...
21/07/2017

Negativa de Pensión.

El señor Gómez, a los 40 años de edad tuvo un infarto fulminante.

Su viuda solamente pudo reclamar la devolución del dinero que Gómez había acumulado en su Afore, pues aunque llevaba muchos años trabajando, había cotizado intermitentemente y no reunía el tiempo mínimo requerido para otorgar una pensión por viudez y orfandad.

Las semanas mínimas de cotización para obtener una pensión son: 500 semanas para la Ley de 1973 (aplicará en tu caso si comenzaste a cotizar antes de julio de 1997) y 1,250 semanas para la de 1997 (es tu caso si empezaste a cotizar al IMSS en julio de 1997 o después de esa fecha). Dado que la inmensa mayoría de las pensiones que se mueven en la actualidad corresponden a la Ley del 73 —la del 97 ofrecerá sus primeros resultados dentro de una década— es preciso que, si cotizas, cuides cada aspecto e instruyas a tu familia en el tema.

¡No heredes problemas!

¿Sabes qué pasaría con el dinero de tu Afore si mueres repentinamente?

El dinero que acumules en tu cuenta de ahorro para el retiro durante tu vida laboral es tuyo. Eso quiere decir, entre otras cosas, que lo puedes heredar. Pero ¿a quién le corresponde ese dinero en caso de que faltaras y cómo puede reclamarlo?

La Ley del Seguro Social (LSS) es muy clara al respecto: sólo tus familiares directos tienen el derecho de ser tus beneficiarios legales y recibir una pensión. Se reconocen como beneficiarios legales a:

• Tu esposa o en su caso tu concubina (siempre y cuando hubiera vivido contigo los últimos cinco años o hubieran tenido hijos, y ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato). Del mismo derecho gozarías tú como esposo o concubinario de la asegurada, siempre y cuando dependieras económicamente de ella.

• Tus hijos menores de 16 años o mayores hasta los 25 años, si no pueden mantenerse debido a una enfermedad crónica o discapacidad o si están estudiando.

• Padres (ascendientes) si dependían económicamente de ti y vivieran contigo.

Buen dia , les comparto este ejemplo y que vean ustedes mismos que algunas veces los beneficiarios no son quienes nosotr...
15/07/2017

Buen dia , les comparto este ejemplo y que vean ustedes mismos que algunas veces los beneficiarios no son quienes nosotros creemos.
La señora Martínez se enteró del fallecimiento de su marido unas semanas después de ocurrido, a través de un conocido de su familia. Hacía más de 10 años que no hablaba con él, y unos 13 que se habían separado.Pero nunca se divorciaron.

Así que Doña Martínez hoy cobra su pensión por viudez. Esto es posible porque la Ley del IMSS señala que si una mujer puede acreditar que continuaba casada con el trabajador fallecido tiene ese derecho, así como sus hijos pueden solicitar pensión por orfandad, siempre y cuando sean menores de 16 años. Si tienen más de esa edad y hasta 25 años, tendrán pensión siempre y cuando demuestren que siguen estudiando dentro de alguna escuela que se encuentre en el Sistema Educativo Nacional.

Ahora bien, el señor Martínez tuvo hijos de otra unión que no se legalizó (concubinato). Como los reconoció y ello es demostrable con sus actas de nacimiento, también tienen derecho a pensión, aunque la cantidad se dividirá en partes iguales entre el total de su descendencia.

El señor Martínez tenía una concubina con la que pasó sus últimos años de vida, ¿le corresponde a ella una pensión? no. Al acreditar su esposa el matrimonio preexistente, el único beneficio de su última pareja fue el que recibieron sus hijos en la pensión por orfandad.

Las concubinas (uniones sin un acta legal) sólo pueden beneficiarse de una pensión cuando el hombre era soltero, viudo o divorciado. Por eso es importante establecer las separaciones con un divorcio. Debes tomar en cuenta que la pensión por viudez tiene un mínimo garantizado de un salario mínimo general para el Distrito Federal, que equivale para 2012 a $1,869.90 mensuales ($62.33 SMGVDF).

Además es complementaria; es decir, tenerla no excluye una posterior pensión por cesantía en edad avanzada. Esta clase de pensión expira al contraer nuevas nupcias o vivir en concubinato.

15/07/2017

Ya somos mas de 850 personas en esta comunidad!!!!
les pido paciencia para poder contestar todas sus dudas.

En Pension Ahora nos dedicamos a todo lo Relacionado con tu Pension Ley 97.
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Excelente día.
12/07/2017

Excelente día.

07/07/2017

Buen día , les invito a ver el siguiente video y que expresen sus dudas.

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