03/06/2022
Para tomar en cuenta
Respecto a la "QUEJA SOCIAL" de la CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL".
Muchos comentarios y "memes" de personas que en su libertad de expresión y desconocimiento del entorno, comparten información parcial.
Veamos y aclaremos las cosas.
1. El SAT no está pidiendo ningún documento ni al patrón, ni mucho menos al trabajador.
2. El patrón para poder "timbrar" el CFDI de Nómina 4.0 con Complemento de Nómina 1.2, necesita datos particulares como el Código Postal del Trabajador relativo a su Domicilio FISCAL.
3. En este sentido, el trabajador debe de proporcionar el Código Postal relativo a su Domicilio Fiscal; entonces:
a) Si el trabajador conoce con EXACTITUD su C.P., no es necesario entregar la Constancia de Situación Fiscal.
b) Si el trabajador NO conoce con EXACTITUD su C.P., si es necesario entregar la Constancia de Situación Fiscal.
c) Sin el dato del C.P. validado, no podrá emitirse el CFDI de Nómina, poniendo en riesgo la deducibilidad de la nómina.
4. El patrón no tiene la necesidad de estar "adivinando" el C.P. del trabajador, ya que es RESPONSABILIDAD del trabajador, no del patrón.
5. Ejemplo paralelo: Para inscribir al trabajador al R.O.S.S. de la L.S.S., uno de los datos que se requiere es la CURP ¿Quién debe de ocuparse de este dato?
Analicemos con objetividad los temas.
P.D. Este comentario se emite con base a la realidad legal y operativa de las empresas y que un servidor "no defiende" ni "favorece" al SAT.