19/08/2026
BIENESTAR, AFORE, 70-75 AÑOS ¿Perdieron su afore o Infonavit?
Sobre el fondo de pensiones del BIENESTAR, ¿A quiénes se les transfieren los saldos NO reclamados?
📌 Trabajadores IMSS: Al cumplir 70 años (Retiro, Cesantía, Vejez y Vivienda).
📌 Trabajadores ISSSTE: Al cumplir 75 años (Retiro, Cesantía, Vejez y Vivienda).
La ley del IMSS, INFONAVIT, e ISSSTE si establece que se les mandará notificar antes de que se haga la transferencia para que hagan valer su reclamo.
En lugar de hacer rabietas, mejor divulguen la información, y movilicen a sus familiares de esas edades para que hagan valer su derecho de pensión o reclamo de afore.
Si ya fallecieron los asegurados, los familiares deben hacer valer su derecho a pensión, o en su caso, reclamo de afore, muy regularmente se ocupará juicio pues el AFORE debe tener certeza de estar pagando a la persona correcta.
más acción, menos reacción.
esto dice la ley textualmente:
LEY DEL INFONAVIT:
Dentro del año previo a que el trabajador cumpla setenta años, el Instituto hará del conocimiento del trabajador y, en su caso, de sus beneficiarios, del Instituto Mexicano del Seguro Social y la empresa operadora de la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro un aviso sobre el tiempo que ha transcurrido desde que el derecho era exigible, de tal forma que pueda acudir al Instituto a reclamar los recursos descritos en el artículo 40.
Este aviso podrá notificarse disponiendo de cualquier medio que determine el Instituto mediante disposiciones de carácter general que deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de Internet del Instituto.
De forma independiente a la notificación, en caso de que el trabajador cumpla setenta años sin que dicho trabajador y, en su caso, los beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos descritos en este artículo, el Instituto deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.