Abogado Uriel Cortes

Abogado Uriel Cortes abogado especialista en seguridad social (IMSS, AFORE, INFONAVIT)
Whatsapp 8187999953. https://www.facebook.com/AsesorUrielCortes/subscribe/

¿TE ACCIDENTASTE EN EL TRABAJO?Así funciona el trámite ante el IMSS 👇Si sufriste un accidente trabajando, o incluso cuan...
25/09/2026

¿TE ACCIDENTASTE EN EL TRABAJO?
Así funciona el trámite ante el IMSS 👇

Si sufriste un accidente trabajando, o incluso cuando ibas de tu casa al trabajo o regresabas, existe un procedimiento para que el IMSS determine si debe reconocerse como RIESGO DE TRABAJO.

Te explicamos paso por paso:

1. ACUDES AL IMSS
¿Quién interviene? Tú + Asistente Médica

Informas que sufriste un accidente relacionado con tu trabajo.

La asistente verifica tus datos, tu vigencia y los datos de tu patrón, y te asigna un médico.
2. EL MÉDICO TE REVISA

¿Quién interviene? Tú + Médico Tratante

El médico te atiende y determina si necesitas días de incapacidad.

También llena la parte médica de la ST-7, que es el formato que se utiliza para investigar y determinar si tu accidente fue de trabajo.

3. LLEVAS LA ST-7 A TU PATRÓN

¿Quién interviene? Tú + Tu patrón

El IMSS te indica que lleves la ST-7 a tu patrón para que proporcione la información que le corresponde.

Pero MUCHO OJO:

Si tu patrón NO QUIERE LLENARLA, eso no significa que se terminó el trámite.

La propia norma del IMSS contempla que la ST-7 puede regresar llenada O NO por el patrón.

4. REGRESAS A SALUD EN EL TRABAJO

¿Quién interviene? Tú + Personal de Salud en el Trabajo

Presentas tu ST-7 y solicitas una cita para que tu accidente sea calificado.

La cita debe ser otorgada dentro de los siguientes 3 DÍAS HÁBILES a tu solicitud.

5. UN MÉDICO DE SALUD EN EL TRABAJO REVISA TU CASO

¿Quién interviene? Médico de Salud en el Trabajo

Este médico analiza la información y realiza la dictaminación.

Aquí se decide oficialmente si lo que te ocurrió se reconoce o no como un accidente de trabajo.

6. EL IMSS CALIFICA EL ACCIDENTE

El resultado puede ser:

SÍ DE TRABAJO ✅
o
NO DE TRABAJO ❌

Si se reconoce como riesgo de trabajo, continúa el trámite para las prestaciones que correspondan.

7. ¿Y SI TE QUEDARON SECUELAS?

El asunto no necesariamente termina cuando te dan de alta.

Si el accidente dejó una disminución permanente en tus capacidades para trabajar, puede entrar otro procedimiento para determinar el porcentaje de afectación y, dependiendo del caso, las prestaciones correspondientes.

El documento que se utiliza para la incapacidad permanente por riesgo de trabajo es el ST-3.

⚠️ DATO IMPORTANTE

“Mi patrón no quiso llenarme la ST-7, entonces ya no puedo hacer nada.”

FALSO.

La propia norma del IMSS contempla casos en los que el patrón NO proporcionó su información.

Incluso, si el IMSS ya calificó tu caso sin esa información y después consigues la ST-7 llenada por el patrón, se contempla una nueva cita para volver a dictaminar el caso.

Guarda tu documentación y no des por perdido tu trámite solamente porque la empresa no quiso cooperar.

Orfandad de 1,398 a 8,735 (pensión IMSS) Sí se puede lograr que una pensión de orfandad aumente considerablemente, y est...
25/09/2026

Orfandad de 1,398 a 8,735 (pensión IMSS)

Sí se puede lograr que una pensión de orfandad aumente considerablemente, y este es un caso real.

Cuando falleció el papá de este menor, el IMSS le otorgó una pensión de orfandad. En su resolución aparece claramente que le estaban pagando únicamente el 20% de la pensión que servía como base.

¿El resultado?

$1,398 pesos mensuales.

El problema es que en este caso no existía una persona cobrando pensión de viudez. Es decir, el menor era quien había quedado como beneficiario de la pensión por la muerte de su padre.

Entonces surgió una pregunta bastante sencilla:

¿Por qué dejar al hijo únicamente con el 20%?

El asunto se llevó a juicio y se reclamó que, en esas circunstancias, pagarle solamente ese porcentaje al menor resultaba injustificado frente a la protección que la propia seguridad social otorga a otros beneficiarios.

Y se ganó.

El IMSS tuvo que modificar la pensión.

En la primera resolución decía:

PORCENTAJE: 20%
PENSIÓN MENSUAL: $1,398.08

Después del juicio:

PORCENTAJE: 90%
PENSIÓN MENSUAL: $8,735.76

Es decir, no estamos hablando de un “apoyo” adicional de unos cuantos pesos.

Estamos hablando de que la pensión pasó de aproximadamente $1,400 a más de $8,700 pesos mensuales.

Y además, cuando judicialmente se reconoce que la pensión debió pagarse correctamente desde antes, puede existir también el reclamo de las diferencias que dejaron de pagarse durante ese tiempo.

IMPORTANTE:

Esto NO significa que cualquier niño que reciba una pensión de orfandad del IMSS tenga automáticamente derecho al 90%.

Hay que revisar cada caso. Particularmente importa saber si existe o no una pensión de viudez y bajo qué circunstancias fue otorgada la pensión de orfandad.

¿Cómo puedes saber cuánto le están pagando a tu hijo?

Busca la resolución que entregó el IMSS cuando concedió la pensión. En documentos como el de la imagen aparece un apartado que dice “PORCENTAJE”.

Si dice 20%, y no existe una pensión de viudez derivada del fallecimiento del mismo trabajador, vale la pena revisar jurídicamente el caso.

En este asunto, una hoja decía 20% y $1,398.08.

Después del juicio, la nueva resolución decía 90% y $8,735.76 mensuales.

Mismo menor.
Misma pensión de orfandad.
Un resultado completamente distinto.

⚠️SI EL IMSS YA TE ENTREGÓ UNA RESOLUCIÓN DE PENSIÓN, NO LA DEVUELVAS SIN QUEDARTE CON COPIA. Esto ya lo hemos visto en ...
24/09/2026

⚠️SI EL IMSS YA TE ENTREGÓ UNA RESOLUCIÓN DE PENSIÓN, NO LA DEVUELVAS SIN QUEDARTE CON COPIA.

Esto ya lo hemos visto en más de una ocasión.

El IMSS entrega a una persona su resolución de pensión y, días o semanas después, le llaman para decirle que “hubo un error”, que “faltó un requisito” o que necesitan nuevamente el documento.

La persona acude confiada, entrega la resolución que ya tenía en sus manos y se queda sin ella.

¿Cuál es el problema?

Que si después le dicen que su pensión no procede, la persona se queda sin el documento que demostraba qué había resuelto originalmente el propio Instituto.

Y entonces empiezan las preguntas:

¿Qué resolución me habían dado?
¿Por qué la cambiaron?
¿Quién ordenó dejarla sin efectos?
¿Dónde reclamo si ya no tengo el documento?

Por eso, una recomendación sencilla:

Si el IMSS te entrega una resolución de pensión, negativa de pensión, hoja de cálculo o cualquier documento relacionado con tu trámite, GUÁRDALO.

Antes de entregar cualquier original:
📸 Tómale fotografías completas y legibles.
📄 Saca copias.
📱 Guárdalo también en tu correo o en la nube.
📝 Si te dicen que hubo un error, pide que te expliquen por escrito cuál fue el error y qué resolución sustituirá a la anterior.

Y si alguien se queda con un documento que ya te habían entregado, no te vayas simplemente con un “luego le hablamos”. Pide orientación y deja constancia de lo sucedido.

Porque una cosa es que el IMSS pueda revisar o corregir una determinación cuando legalmente corresponda, y otra muy distinta es que el derechohabiente termine sin saber qué pasó con una resolución que ya había recibido. Los documentos también son tu defensa.

Esta hoja es un ejemplo real de algo que puede ocurrir: internamente se detectó que una pensión ya otorgada supuestamente contenía un error y se propuso dar de baja la resolución.

Curiosamente, en este caso el “error” estaba relacionado con no cumplir cinco años de concubinato… requisito cuya constitucionalidad, además, ya fue cuestionada por la Suprema Corte.

Así que recuerda:

DOCUMENTO QUE TE ENTREGUE EL IMSS, DOCUMENTO QUE FOTOGRAFÍAS Y CONSERVAS.

¿Tus hijos reciben PENSIÓN DE ORFANDADDEL IMSS?Podrían estar recibiendo menos de lo que les corresponde.Podemos ayudarte...
23/09/2026

¿Tus hijos reciben PENSIÓN DE ORFANDAD
DEL IMSS?

Podrían estar recibiendo menos de lo que les corresponde.

Podemos ayudarte a incrementarla.

Ganar un juicio laboral en el papel es solo el 50% de la batalla. Muchos trabajadores celebran cuando ven una sentencia ...
21/09/2026

Ganar un juicio laboral en el papel es solo el 50% de la batalla.

Muchos trabajadores celebran cuando ven una sentencia favorable como esta, donde el juzgado condena al patrón al pago de salarios caídos, intereses, tiempo extra y prestaciones. Sin embargo, la realidad de la práctica laboral es otra: **dictada la sentencia, empieza la verdadera prueba.**

Lo que pocos te dicen antes de demandar:

1. El Amparo Directo: Es casi una regla general que la empresa busque congelar la ejecución promoviendo un amparo, un proceso que en el Poder Judicial puede tomar de 12 a 18 meses adicionales.

2. Las empresas "fantasma" o insolventes: Cuando por fin se busca ejecutar el embargo, muchas empresas ya cerraron, cambiaron de razón social o no tienen bienes a su nombre.

3. Estrategia desde el día uno: Un juicio exitoso no solo busca una sentencia favorable, requiere rastrear bienes, señalar responsables solidarios y asegurar medidas precautorias desde la demanda inicial para garantizar que ese dinero realmente llegue a las manos del trabajador.

Tener un laudo favorable es un gran logro, pero el objetivo final siempre debe ser la liquidación efectiva, no solo un documento para enmarcar.

Por lo tanto, un juicio laboral por despido no es un simple trámite, si desde la conciliación se cita de forma errónea al patrón correcto, el juicio puede terminar en una pérdida de tiempo. ¿Lo sabías?

¿Estás pasando por un proceso laboral o te quedaron dudas sobre cómo cobrar tu sentencia? Déjanos tus preguntas en los comentarios.

Viudez 73 ¿Cuánto debe ser? Por lo menos, el salario mínimo vigente en el DF del año en que falleció el asegurado, más u...
20/09/2026

Viudez 73 ¿Cuánto debe ser?

Por lo menos, el salario mínimo vigente en el DF del año en que falleció el asegurado, más un 11%

Pero, primero, debe analizarse el 90% del monto que le hubiera correspondido al asegurado si se hubiera pensionado por invalidez, cuando ese monto resulta menor al salario mínimo, se aplica la primera regla.

Está imagen es una resolución a un amparo que promovió el IMSS en contra de una sentencia donde nos concedieron la pensión de viudez (ya que el IMSS la había negado).

Que por cierto, actualmente han negado muchas pensiones tanto a cónyuges como a concubinos.

Lo sabías?

URGENCIAS Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013Lo que SÍ o SÍ debe pasar en Urgencias 1. AL PONER UN PIE EN LA ENTRAD...
19/09/2026

URGENCIAS Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013

Lo que SÍ o SÍ debe pasar en Urgencias

1. AL PONER UN PIE EN LA ENTRADA
• El acceso: La entrada debe estar en planta baja y ser de fácil acceso.
• Lo que debe haber: Un módulo donde te reciban y sillas de ruedas o camillas a la mano por si no puedes caminar.
• El personal obligatorio: No importa la hora (así sean las 3:00 AM de un festivo), legalmente debe haber 𝗺í𝗻𝗶𝗺𝗼 𝘂𝗻 𝗺é𝗱𝗶𝗰𝗼 𝘆 𝘂𝗻𝗮 𝗲𝗻𝗳𝗲𝗿𝗺𝗲𝗿𝗮 𝗱𝗶𝘀𝗽𝗼𝗻𝗶𝗯𝗹𝗲𝘀 𝗹𝗮𝘀 𝟮𝟰 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀.

2. EN LA REVISIÓN INICIAL (TRIAGE)
• ¿Quién te revisa primero? Debe valorarte un 𝗺é𝗱𝗶𝗰𝗼 para checar qué tan grave vienes.
• ¿Cómo te atienden? 𝗡𝗢 𝗲𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗼𝗿𝗱𝗲𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗹𝗲𝗴𝗮𝗱𝗮. Se atiende primero a quien tenga en riesgo la vida, un órgano o una función del cuerpo.
• ¿Qué te deben checar? Te deben tomar signos vitales en un espacio privado con báscula, estetoscopio, aparato de presión y termómetro.

3. SI TE DEJAN EN OBSERVACIÓN
• Médico a cargo: Si es médico general, debe estar capacitado en urgencias. Si te atienden médicos residentes (en entrenamiento), un médico titular 𝗱𝗲𝗯𝗲 𝘀𝘂𝗽𝗲𝗿𝘃𝗶𝘀𝗮𝗿𝗹𝗼𝘀 𝗱𝗶𝗿𝗲𝗰𝘁𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 (salvo que la persona se esté muriendo en ese segundo).
• Revisión continua: El médico debe evaluar tu estado constantemente y escribir en tu expediente cómo vas 𝗺í𝗻𝗶𝗺𝗼 𝗰𝗮𝗱𝗮 𝟴 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀 (o antes si empeoras).
• Información a la familia: Es obligación legal del médico informar al familiar o tutor sobre la salud del paciente y pedir firma de consentimiento para procedimientos.

4. LOS SERVICIOS QUE NO TE PUEDEN NEGAR "POR FALTA DE TURNO"
Para que la atención no se pare, el hospital debe garantizar disponibilidad las 24 horas de:
• Laboratorio (estudios de sangre/orina).
• Rayos X o Radiografías.
• Banco de sangre / Transfusiones.
• 𝗦𝗮𝗹𝗮 𝗱𝗲 𝗰𝗵𝗼𝗾𝘂𝗲: Si alguien entra en paro o gravedad extrema, debe haber un equipo especial (Carro Rojo) listo para reanimar.

5. LA HORA DE LA SALIDA (LÍMITE: 12 HORAS)
• Tiempo máximo: Por ley de atención médica, 𝗻𝗼 𝗱𝗲𝗯𝗲𝘀 𝗽𝗮𝘀𝗮𝗿 𝗺á𝘀 𝗱𝗲 𝟭𝟮 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗮𝗱𝗼 𝗲𝗻 𝘂𝗿𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 sin que se defina tu situación.
• En ese lapso te tienen que dar una solución:

1. Te vas a tu casa con receta y tratamiento.
2. Te pasan a un cuarto de hospitalización o a cirugía.
3. Te trasladan a un hospital más grande (con tu hoja de traslado oficial).

Queremos leer ambas partes: ¿Cómo te ha ido como paciente y qué retos enfrenta el personal de salud en el turno?

Retomamos preparación en materia penal sobre beneficios preliberacionales 😅🫩
19/09/2026

Retomamos preparación en materia penal sobre beneficios preliberacionales 😅🫩

15/09/2026

FRAUDE
ARTÍCULO 385. COMETE EL DELITO DE FRAUDE QUIEN ENGAÑANDO A UNO O APROVECHÁNDOSE DEL ERROR EN QUE ÉSTE SE HALLE, SE HAGA ILÍCITAMENTE DE UNA COSA O ALCANCE UN LUCRO INDEBIDO EN BENEFICIO PROPIO O DE UN TERCERO.

ARTICULO 391.- AL QUE PARA HACERSE DE UNA CANTIDAD DE DINERO EN NUMERARIO O EN BILLETES DE BANCO, O DE UN DOCUMENTO QUE IMPORTE OBLIGACION, LIBERACION O TRANSMISION DE DERECHOS, O DE CUALQUIER OTRA COSA MUEBLE AJENA LOGRE QUE SE LE ENTREGUEN POR MEDIO DE MAQUINACIONES, ENGAÑOS O ARTIFICIOS, SE LE SANCIONARA CON LAS MISMAS PENAS QUE PARA EL DELITO DE FRAUDE SEÑALA EL ARTICULO 385 DE ESTE CODIGO, A LAS QUE SE AUMENTARAN DE UNO A TRES AÑOS DE PRISION.

DESCUENTOS a PENSIONES, por CRÉDITOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS.¿Te descuentan casi toda tu pensión por un prés...
13/09/2026

DESCUENTOS a PENSIONES, por CRÉDITOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS.

¿Te descuentan casi toda tu pensión por un préstamo de nómina? ¡El IMSS no puede dejarte en ceros aunque hayas firmado! 🛑👴👵

Muchas personas o sus familiares pensionados han vivido este in****no: van al cajero a cobrar su pensión y descubren que una financiera o un prestamista les dejó casi nada o de plano en ceros. Y cuando se van a quejar, les dicen la típica frase: "Es que usted firmó el contrato, así que se amuela".

¡Pues esto es completamente ilegal! La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya lo dejó clarísimo en una resolución reciente.

Aquí te explico de forma sencilla cómo te protege la ley:

1. El IMSS no es un simple cobrador de las financieras
Muchos bancos y financieras le prestan dinero a los pensionados porque tienen un convenio con el IMSS para cobrarles directo de su mensualidad.

El IMSS no puede lavarse las manos ni actuar como un cobrador automático diciendo "ese es problema entre tú y el banco". Por ley, el IMSS está obligado a proteger a los pensionados y vigilar que las financieras no cometan abusos.

2. Los 3 candados que la ley exige para defender tu dinero

Incluso si el pensionado aceptó el préstamo y firmó el contrato, el descuento directo en la pensión tiene límites que el IMSS debe hacer cumplir a la fuerza:

* El tope del 30 por ciento: Sumando todos los préstamos que tengas cobrándose de tu nómina, el descuento total nunca puede ser mayor al 30 por ciento de lo que recibes al mes. Si tu pensión es de 10,000 pesos, no te pueden quitar más de 3,000 pesos.

* El suelo intocable o Pensión Garantizada: Lo que te quede libre de pensión jamás puede ser menor al monto de una pensión mínima garantizada (equivalente al salario mínimo). Nadie tiene derecho a quitarte el dinero necesario para tu comida y medicinas.

* Plazo máximo de 5 años: Los créditos cobrados por este medio no pueden contratarse a más de 60 meses.

3. ¿Qué puedes hacer si estás pasando por esto?

Si a ti o a un familiar le están descontando de más:

* Exige al IMSS que revise tu caso: Puedes acudir formalmente a las oficinas del IMSS (Servicios Jurídicos o Subdelegación) exigiendo que ajusten o detengan el descuento por violar el límite legal del 30 por ciento y la pensión garantizada contemplados en la Ley del Seguro Social.

* Asesoría legal o Juicio Laboral: Con este criterio judicial a tu favor, se puede demandar la suspensión de los descuentos excesivos mediante un juicio laboral para que el IMSS detenga de inmediato las retenciones desmedidas.

* Reporta ante CONDUSEF: Si la financiera te cobró intereses desorbitados o incurrió en engaños, acude a la CONDUSEF para meter una queja.

Comparte esta información con tus papás, abuelos o conocidos pensionados. Ninguna deuda mercantil vale más que el derecho a comer y vivir con dignidad. ¡Hagamos valer la ley!

Dirección

Monterrey

Página web

Notificaciones

Sea el primero en enterarse: le enviaremos un correo electrónico cuando Abogado Uriel Cortes publique novedades y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin y puede darse de baja en cualquier momento.

Atajos

Compartir

Categoría