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Pequeña remodelación al despacho ♠️
18/08/2020

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Articulo jurídico ¿QUÉ ME PUEDE PASAR SI RENTO UNA CASA SIN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO?Son tres los peligros que corres a...
27/04/2020

Articulo jurídico

¿QUÉ ME PUEDE PASAR SI RENTO UNA CASA SIN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO?

Son tres los peligros que corres al rentar una casa sin contrato de arrendamiento, y no son sencillos de combatir en juicio; 1.- Peligro de perder la propiedad del inmueble con una mala defensa jurídica 2.- Desalojarlos en juicio es el doble de tardado sin contrato de arrendamiento 3.- una posible extinción de dominio si el inquilino incurre en delitos graves dentro de ese inmueble que usted le renta.

Explicaremos de forma detallada cada uno de los peligros que corres al rentar una casa con un contrato de arrendamiento deficiente o inexistente.
1.- Peligro de perder la propiedad del inmueble: Es por todos bien sabido, que con el transcurso del tiempo la posesión de hecho que ejerce una persona física sobre un predio urbano o rustico, genera derechos para el poseedor que a los diez años de mala fe puede tramitar una prescripción positiva sobre dicha propiedad, pero dicha prescripción no operara nunca si se demuestra con un contrato de arrendamiento que el inquilino estaba a titulo de arrendatario, ya que para que opere la prescripción positiva, debe ser a titulo de dueño, publica, continua, y sin violencia, ahora bien, si nosotros le rentamos sin contrato de arrendamiento nosotros estaríamos permitiéndole que se ostente como propietario del inmueble (a titulo de dueño), todos los vecinos sabrían que el es el poseedor ( Publica ), ya que lleva en posesión más de diez años sin interrupción alguna ( CONTINUA ), y sin necesidad de armas o ningún tipo de violencia para haber adquirido desde un principio la posesión ( VIOLENCIA ), por lo que en un tribunal el ya pudiera exigir la prescripción positiva del inmueble que usted le renta, dicha circunstancia entablaría un juicio desgastante donde la probabilidad de que usted recupere su casa se verá disminuida drásticamente, corriendo un peligro serio de perderla si no es defendido legalmente.
2.- DESALOJARLOS EN JUICIO ES EL DOBLE DE TARDADO QUE CON CONTRATO DE ARRENDAMIENTO; Cuando existe contrato de arrendamiento los juzgados clasifican tu controversia judicial como un Juicio Sumario, lo que significa que urge desalojar al inquilino, ya que está demostrado que el no es dueño de dicho inmueble y usted está perdiendo los frutos de esa propiedad, tuvo un contrato que delimita las posibilidades jurídicas a que el solo fue arrendatario, y dejo de pagar las rentas que se habían acordado por lo que usted está exigiendo el desalojo, circunstancia que con 4 meses de proceso podrá desalojarlo y embargarle todo el dinero que le debe, incluyendo las rentas que se generaron durante la tramitación del supuesto juicio. ¿Qué pasa entonces si no tengo contrato de arrendamiento y lo quiero desalojar? Tu no podrás comprobar bajo que clausulas el comenzó a habitar el inmueble y tendrás que agotar de primero Medios Preparatorios para que por medio de un interrogatorio se pueda desentrañar cuales fueron los acuerdos que llegaron para que el pudiera rentar esa casa, circunstancia que se vuelve ociosa, ya que el inquilino nunca se pondrá la soga en el cuello, y difícilmente dirá la verdad, lo que provoca que en el juicio tengan que intervenir terceros, y otro tipo de pruebas ya sean documentales, recibos de renta, o pruebas técnicas (conversaciones o grabaciones de llamadas) para poder configurar dicho contrato, y posteriormente se pueda desalojar al inquilino por rescisión de contrato debido al incumplimiento de este, lo que en consecuencia te llevara un año de juicio.

3.- UNA POSIBLE EXTINCIÓN DE DOMINIO: Una de las consecuencias más peligrosas y menos deseables que te pueden ocasionar un problema no solo en lo económico, sino también de problemas penales con la Fiscalía del Estado y una posible pérdida de la libertad en lo que se resuelve un delito grave que se haya configurado materialmente en tu inmueble, ¿por que pudiera suceder esto? Tomemos un ejemplo tu rentas una casa a un secuestrador que aparentemente solo viene a rentarte la casa por un año ya que viene de negocios a la ciudad, tu holgadamente no celebras contrato de arrendamiento, por lo que el comienza a tener personas privadas de su libertad en tu propia casa sin que te des cuenta, comienza a pedir dinero por su rescate, configurándose el delito de secuestro, y en el momento en que las autoridades se percaten de dicho ilícito, buscaran al culpable pero, el arrendador al momento de recibir el dinero por el rescate escapa, sin que te des cuenta, y ahora el problema para las autoridades es quien fue el perpetrador de dicho ilícito, pues primeramente van a ir contra el dueño de la casa, siendo tu el irresponsable que no celebro contrato de arrendamiento, por lo que al momento de aprehenderte las autoridades tu comenzaras a defenderte aludiendo que solo rentabas esa casa, pero ellos te van a pedir que demuestres que efectivamente la rentabas por lo que vas oponer pruebas absurdas como recibos de renta y conversaciones telefónicas, por lo que no tendrán otra opción más que ponerte a disposición de un juez de control que resuelva tu participación en dicho ilícito, obvio con una prisión preventiva, ya que se trata de un delito grave, y peor aún el estado puede confiscar tu inmueble ya que era utilizado para la ejecución de delitos de alto impacto a esto le llamamos extinción de dominio.

Puedes perder tu casa y hasta la libertad, todo por no haber celebrado un buen contrato de arrendamiento, deja ya de preocuparte y ocúpate, llámanos 3312778816, con gusto te elaboramos un contrato de arrendamiento que se adecue a tus circunstancias materiales.

10/04/2020
08/04/2020
06/04/2020
TE DESPIDIERON. SE EXCUSAN QUE ES POR CAUSA DEL COVID-19 (CORONAVIRUS) contactamos.
24/03/2020

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Asesoría jurídica laboral gratuita.
14/09/2019

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Que no te agarren en curva solicita tu consulta con los mejores en el ambito juridico.
11/06/2019

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Te podemos ayudar contactanos 👓🤝🏽
25/05/2019

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Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de...
17/02/2019

Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
Los accidentes laborales están relacionados con las actividades propias del trabajo contratado, de tal manera que si ocurren por realizar actividades distintas a las relacionadas con la empresa contratante, entonces no pueden calificarse como riesgos de trabajo.

En BAV asociados estamos especializados en resolver este tipo de circunstancias.

Contáctenos para más información.

¿Sufriste un despido injustificado Y SOLO BUSCAS UN ARREGLO SIMPLE CON TU PATRÓN? No hay necesidad de entablar un juicio...
12/02/2019

¿Sufriste un despido injustificado
Y SOLO BUSCAS UN ARREGLO SIMPLE CON TU PATRÓN?
No hay necesidad de entablar un juicio laboral extenuante donde tengas que invertir tiempo y dinero con un abogado, aprovecha los servicios que ofrece Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, ellos tienen la posibilidad de citar a tu patrón a una audiencia de conciliación sin necesidad de pre-existir una demanda formal por despido injustificado o cualquiera que sea la prestación laboral que solicitas, ente gubernamental que ofrece sus servicios GRATUITOS, se encuentran ubicados en Calz. de las Palmas No. 96, Colonia La Aurora, C.P. 44460, Guadalajara, Jalisco. Si en dado caso es imposible la mediación con tu patrón aprovecha nuestro contacto y nosotros entablamos las acciones necesarias para que la justicia este de tu lado.

¿Tienes problemas familiares? ¿tu pareja no te brinda la pensión alimenticia necesaria para tu hijo? ¿tu pareja vive en ...
05/02/2019

¿Tienes problemas familiares? ¿tu pareja no te brinda la pensión alimenticia necesaria para tu hijo? ¿tu pareja vive en otro estado y no sabes cómo divorciarte? En BAV y asociados contamos con la mejor asesoría jurídica y personalizada que tu necesitas, comunicate con nuestros consultores legales y obtendrás la mejor atención a tus problemas familiares.

La declaratoria de beneficiarios Es un proceso por medio de cuál en un juicio laboral, cambia por la pérdida del trabaja...
26/01/2019

La declaratoria de beneficiarios
Es un proceso por medio de cuál en un juicio laboral, cambia por la pérdida del trabajador actor.

En un juicio laboral hay casos que el trabajador actor (trabajador que demanda al patrón) fallece es ahi, cuando la junta tiene la obligación de buscar a los beneficiarios de este los cuales pueden ser hijos, esposa, cónyuge del mismo trabajador que ahora ha fallecido, muchos piensan que el juicio laboral se queda nulo por la muerte de está parte.

En la junta de conciliación y arbitraje tanto como local o federal han tenido esta problemática y buscaron una solución.

En BAV asociados contamos con el conocimiento para ayudar en sus problemáticas, las cuales como en éste caso, todavía pueden tener justicia.

¿No te han pagado la pensión alimenticia de tus hijos? Además de que el deudor alimenticio no tiene bienes, ni tampoco u...
19/01/2019

¿No te han pagado la pensión alimenticia de tus hijos?

Además de que el deudor alimenticio no tiene bienes, ni tampoco un trabajo formal

En B.A.V. te tenemos una solución diferente a la alternativa al juicio sumario de alimentos, que solo puede retener alimentos a deudores alimenticios con trabajos formales inscritos en nomina e IMSS. pero si el deudor alimenticio es una persona que ni su propio automotor tiene a su nombre y su fuente de ingresos económicos proviene de una fuente de trabajo informal tal vez esto TE INTERESE.

A pesar de que la legislación en materia de pensión alimenticia para menores de edad, es muy amplia, dentro del código civil del estado de Jalisco, siempre tanto para un embargo o una retención de alimentos vía nomina del padre progenitor demandado, los bienes embargados o cantidades retenidas siempre deben de ser propiedad legitima del deudor alimenticio. La realidad mexicana que vivimos en la actualidad es que muchos padres o madres viven del comercio informal y de esta manera pueden evadir los juicios familiares en su contra, pero esto no significa que les vaya mal económicamente hablando, son personas que han logrado evadir impuestos tras no tener nada a su nombre ni nominas, ni bienes muebles e inmuebles.

Para este tipo de circunstancias jurídicas la legislación penal nos ha tipificado un delito que se llama ABANDONO DE FAMILIARES. Que si bien no se enfoca necesariamente solo en los hijos menores de edad, si no también cualquier familiar en estado de vulnerabilidad. Por ejemplo: discapacidad física, mental, o personas de la tercera edad, mismos que también entran en este delito encontrado en el ARTICULO NÚMERO 183 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE JALISCO el cual menciona:

A la persona que sin causa justificada incumpla con la obligación de dar alimentos a aquellos que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa de cien a cuatrocientos días de salario, además de suspensión o perdida de la tutela o custodia

A estos beneficios de la legislación penal accedemos por medio de la DENUNCIA o QUERELLA, la cual podemos comenzar a tramitar en CIUDAD NIÑEZ. El procedimiento es similar a denunciar un robo del que sabes quién fue el actor, aquí la diferencia que hay con la tramitación en los juzgados familiares, es que el deudor alimenticio pagará con CARCEL si la parte vulnerada o tutor de la parte vulnerada no otorga el perdón y este perdón equivale a todas esas pensiones alimenticias que jamás recibiste por parte del deudor alimenticio.

El trámite puede comenzar y llevarse totalmente gratis con los agentes del ministerio público adscritos a ciudad niñez si se trata de hijos menores de edad, o en su defecto en la fiscalía general si se trata de personas mayores de edad.

Si bien el apoyo de un abogado puede ayudar a agilizar el trámite, no menos cierto es que tú lo puedes llevar a cabo por tu propio derecho siempre y cuando tengas el carácter de interés directo sobre el hecho que se constituye como abandono de familiares.

Estamos totalmente a sus órdenes para ayudar
Despacho B.A.V.

Comucate con nuestros asesores legales para resolver tu situación jurídica, envía un Whatsapp a cualquier consultor lega...
28/11/2018

Comucate con nuestros asesores legales para resolver tu situación jurídica, envía un Whatsapp a cualquier consultor legal de tu acorde a tu necesidad.

14/11/2018

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