12/01/2022
OTORGAN AMPARO CONTRA RETENCIÓN DE PLACAS VEHICULARES
Una jueza de distrito en Quintana Roo otorgó un amparo contra la retención de placas vehiculares. El quejoso combatió el artículo 244 del Reglamento de tránsito del estado de Quintana Roo, el cual faculta la retención de placas para garantizar el pago de las infracciones de tránsito.
La juzgadora señaló que esa disposición es contraria al artículo 21 constitucional, ya que éste sólo permite la multa, el arresto o el trabajo a favor de la comunidad cuando se comete alguna infracción administrativa. De ahí que consideró que el reglamento de tránsito es inconstitucional, toda vez que excedió lo dispuesto por el artículo 21 de la Carta Magna al permitir la retención de las placas vehiculares.
Lo que dijo la jueza:
“Bajo esas consideraciones el citado numeral 244 del Reglamento de Tránsito del Estado de Quintana Roo, del que se desprende que los agentes, podrán retener, en el caso, las placas de circulación del vehículo, cuando los conductores cometan una infracción, es una facultad otorgada que no se ajusta al contenido del imperativo 21 de la Constitución General de la República”, explicó.
“Así, en la hipótesis que se señala en el artículo 244 del reglamento que se ataca, al ser aplicado por parte de la autoridad señalada como responsable, a través de la actuación del agente adscrito a la Dirección de Tránsito del Estado de Quintana Roo, al retener la placa de circulación del vehículo del presunto infractor, con motivo de la actualización de una infracción prevista en el Reglamento de Tránsito del Estado de Quintana Roo, cuando no lo estipuló de esa manera el artículo 21, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; deviene inconstitucional el citado numeral reclamado, al no cumplir con lo establecido en el multimencionado precepto constitucional”, expuso.