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Damos asesoría jurídica en materia laboral ante la Secretaría del Trabajo, o representación Legal ante los Juzgados del trabajo, procesos civiles y Contenciosos-administrativos, y tramites ante las secretarías de Estado.

04/05/2026

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31/03/2026

DESPIDO INJUSTIFICADO en Honduras: Que debes hacer para reclamar tus prestaciones

Si tienes contrato de trabajo, o firmas varios contratos en un año, debes presentarte ante la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, o ante el Juzgado de Letras del Trabajo. Si es despido injustificado dos meses para demandar. Ya sea que trabajas con el Gobierno o empresa privada.

Si eres empleado publico, y tienes acuerdo de nombramiento emitido por servicio civil, debes presentar la demanda ante el Juzgado contencioso administrativo, y solo tienes 15 días para presentar la demanda en materia de personal.

NO DEJES PASAR EL TIEMPO.

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23/03/2026

Hay patronos que no asisten a la audiencias de inspectorias del trabajo, pues hay que aplicarles la Ley de Inspeccion del Trabajo, que se tiene como por probado, lo que expresa el trabajador+

12/03/2026

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Gracias

10/03/2026

ARTICULO 691 CODIGO DEL TRABAJO

Señala que, para demandar al Estado, hay que agotar bien el procedimiento administrativo.

COMENTARIO: Si se piensa demandar al Estado de Honduras, debe agotarse ante la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, el procedimiento correspondiente, ante la Oficina de Resolución de Conflictos laborales, conocida como conciliación, que es donde se hacen las conciliaciones.

Si se va a demandar a una empresa privada, no es necesario agotar el procedimiento ante la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, SE VA DIRECTAMENTE A INTERPONER LA DEMANDA AL JUZGADO LABORAL.

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03/03/2026

ARTICULO 52 CODIGO DEL TRABAJO:

Durante el periodo de prueba cualquiera de las partes puede ponerle termino al contrato, por su propia voluntad, con justa causa y sin ella, sin incurrir en responsabilidad alguna.

Los trabajadores en periodo de prueba gozan de todas las prestaciones, a excepción del preaviso y la indemnización por despido.

Si antes de transcurrido un (1) año se celebra nuevo contrato entre las mismas partes contratantes, y para la misma clase de trabajo, deberá entenderse este por tiempo indefinido, sin que tenga lugar en este caso el periodo de prueba.

COMENTARIO SOBRE ESTE ULTIMO PARRAFO: Se debe analizar, el puesto a desempeñar si es permanente en la institución o empresa, porque, si es permanente el trabajo a desempeñar, el trabajador es permanente, aunque se estén firmando mas de dos contratos al año. Ocurre que a trabajadores, les están firmando varios contratos en un año, y los engañan creyendo que están por contrato, y una vez que no les renueven el contrato, ya se van de la institución o empresa sin tanta pena ni gloria, y la cosa no es así. La labor es permanente, por tanto, el trabajador es permanente, y el trabajador tiene estabilidad laboral. Cuando despiden a un trabajador, deben pagarle todos sus derechos laborales, así como la indemnización por despido.

BUSQUE ASESORARSE ANTES DE DAR UN PASO. NO FIRME NADA, SINO SABE QUE FIRMA Y QUE CONSECUENCIAS TIENE.

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02/03/2026
01/03/2026

ARTICULO 125 DEL CODIGO DEL TRABAJO: GRABENSE ESTO:

A la terminación de todo contrato de trabajo, cualquiera que sea la causa que la haya motivado, el patrono debe dar gratuitamente al trabajador una constancia que exprese:

a) La fecha de inicio y terminación de las labores
b) La clase de trabajo desempeñado, y.

Si el trabajador lo desea la constancia deberá expresar también:
A) la eficiencia y comportamiento del trabajador
B) la causa o causas de la terminación del contrato.

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26/02/2026

Debe saber usted, que el patrono, o empresario, debe respetar la estabilidad laboral, que es un derecho para el empleado. Si hay despido, usted debe demandar ante los Juzgados, y estamos para apoyarlo. Consultenos y le asesoramos
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23/02/2026

Es importante saber algunos datos sobre el las negociaciones del.nuevo salario mínimo.

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