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Si tienes dudas o necesitas una guía para cumplir con las obligaciones tributarias que vencen este 02 de mayo de 2023, n...
21/04/2023

Si tienes dudas o necesitas una guía para cumplir con las obligaciones tributarias que vencen este 02 de mayo de 2023, nuestro equipo de expertos se encuentra a tu disposición para apoyarte y aclarar tus dudas.

¡Evita incumplimientos, evita sanciones!

Este despacho se enorgullece en presentar al personal técnico que lo conforma, profesionales con una amplia trayectoria ...
21/04/2023

Este despacho se enorgullece en presentar al personal técnico que lo conforma, profesionales con una amplia trayectoria y experiencia en el área fiscal, que tienes a tu disposición para cumplir con tus obligaciones en tiempo y forma.

Porque ¡Su tranquilidad, es nuestro compromiso!

Recuerda: este día tenemos obligaciones fiscales a cumplir.¡Contáctanos y te asesoramos en el tema que necesites!
10/04/2023

Recuerda: este día tenemos obligaciones fiscales a cumplir.

¡Contáctanos y te asesoramos en el tema que necesites!

La abogada Rosa Peña Martínez, instructora en el Curso de Tributación Hondureña impartido por la Universidad Tecnológica...
28/03/2023

La abogada Rosa Peña Martínez, instructora en el Curso de Tributación Hondureña impartido por la Universidad Tecnológica de Honduras, es parte de nuestro equipo de profesionales.

Contáctanos para tener la mejor asesoría tributaria al 9377-6132

28/03/2023

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Llámanos o escríbenos al 9377-6132

La propuesta de la Ley de Justicia Tributaria plantea una reforma al artículo 1 inciso 2 del Código Tributario Decreto 1...
27/03/2023

La propuesta de la Ley de Justicia Tributaria plantea una reforma al artículo 1 inciso 2 del Código Tributario Decreto 170-2016 que consiste en el cambio de renta territorial a renta mundial. Es importante mencionar que Honduras tenía el esquema de renta mundial, pero cambió a territorial en enero del año 2017 con la entrada en vigor del actual Código Tributario. La principal justificación para realizar este cambio fue que la normativa anterior (Código Tributario Decreto 22-97 y la Ley del Impuesto Sobre la Renta Decreto Ley 25) no consideraba como crédito los pagos de impuesto que se realizaban en el extranjero; no obstante, la propuesta de reforma prevé considerar estos créditos hasta un monto que no exceda el equivalente que debiese de tributar en Honduras.

Es importante que la población tenga claro que implica que Honduras tenga un esquema de renta territorial o mundial. Para explicar este punto es necesario conocer los principios en los que se basan los sistemas tributarios, siendo estos:

• El principio de la residencia el cual establece una conexión formal entre el obligado tributario y su jurisdicción (paga tributos en función de su domicilio) y el Estado ejerce su potestad tributaria sobre la renta mundial de sus residentes, por lo antes expuesto este principio está plenamente vinculado al sistema tributario de renta mundial.

• Principio de la fuente mismo que justifica la conexión económica entre la producción de la riqueza y una jurisdicción (solo establece vínculos materiales), mediante este el Estado tiene el derecho de ejercer su potestad tributaria sobre la renta que proviene de fuentes pertenecientes a su territorio. Para aplicar este principio es importante definir donde se prestó el servicio o donde se realizó el pago. En otras palabras, en este sistema tanto los residentes como no residentes pagan impuestos sobre la renta derivada de fuente nacional.

En resumen, con esta reforma los residentes de Honduras pagarán impuestos por los ingresos que perciban en Honduras y en el extranjero, reconociendo como crédito los pagos que se hicieron en el otro país. Los no residentes de Honduras pagarán únicamente impuestos por los ingresos que se generen en el territorio nacional y se tendría que analizar el principio que tiene el país de residencia para determinar si pagará impuestos en su país. El sistema de renta mundial es aplicado por la mayoría de los países desarrollados, ya que tienen mejores sistemas de control, se recomienda a la Autoridad Fiscal de Honduras trabajar arduamente en este aspecto para evitar el problema de la doble tributación.

La Zona Libre (ZOLI) y el Régimen de Importación Temporal (RIT) como regímenes creados para el fomento, por una parte, d...
24/03/2023

La Zona Libre (ZOLI) y el Régimen de Importación Temporal (RIT) como regímenes creados para el fomento, por una parte, de las exportaciones y por otra del empleo de la mano de obra nacional, a través de la combinación con los demás recursos nacionales y extranjeros, están regulados en los Decretos 356-76 (reformado, entre otros, por los Decretos 131-98 y 8-2020) y 37-84 (reformado, entre otros, por los Decretos 190-86 y 135-94), respectivamente.

La ZOLI tiene como objetivo brindar facilidades a la industria, comercio, exportación y reexportación de bienes y/o servicios por medio de empresas nacionales y extranjeras, concediendo: a) exención de impuestos y cargas en la importación de materiales y equipo; b) exención del Impuesto Sobre la Renta e impuestos
municipales. Y con la entrada en vigencia de reformas se le ha permitido que destinen al mercado nacional hasta el 50% de sus ventas las cuales quedan sujetas al pago del Impuesto Sobre la Renta. En cuanto al RIT, cuyo propósito es también el estímulo de la actividad exportadora especialmente de productos no tradicionales
del país, las empresas bajo este régimen gozan de: a) exoneración del pago de impuestos de importación de la maquinaria, equipo, repuestos, herramientas, materias primas, productos semielaborados, envases y otros insumos necesarios para el desarrollo de su actividad productiva.

La propuesta de la Ley de Justicia Tributaria es eliminar los beneficios fiscales de los regímenes antes mencionados y a las personas jurídicas acogidas a estos les permite migrar a los regímenes de RINDE o Zona Franca creados en esta misma ley, con la condición de que obtengan regularización de los periodos fiscales cerrados y no prescritos al realizar un pago de 1.5% y no sean objeto de verificaciones que conlleven la cancelación de beneficios fiscales.

De acogerse a RINDE los beneficios fiscales serían: a) deducción del doble de gasto en empleos permanentes con salarios no inferiores al salario mínimo vigente; y, b) depreciación acelerada sobre activos sin trámite autorizante. Y de ampararse en la Zona Franca sus beneficios serán: exoneración del Impuesto Sobre la Renta, Aportación Solidaria, Activo Neto, Ganancia de Capital, Impuesto Sobre Ventas y de impuestos que tenga relación directa o indirecta con las operaciones aduaneras de importación.

A la ZOLI y al RIT pueden ampararse las personas naturales y jurídicas sean nacionales y extranjeras. En cambio, según la propuesta de Ley de Justicia Tributaria, el RINDE es para personas jurídicas quedando fuera las personas naturales y la Zona Franca es para las personas jurídicas con una mayoría accionaria de capital extranjero. Por lo que, respecto a los beneficiarios de los nuevos regímenes a crear, es conveniente para efectos jurídicos futuros y por justicia social revisar la Constitución de la República misma que protege y garantiza las inversiones de los nacionales y extranjeros en igualdad de condiciones y oportunidades.

Atendemos tus necesidades de asesoría tributaria.Llámanos o escríbenos 9377-6132
24/03/2023

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Necesitas asesoría o capacitaciones en materia tributaria?Contamos en profesionales expertos para atender tus necesidade...
12/03/2023

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Contamos en profesionales expertos para atender tus necesidades. Contáctanos al 9377-6132

Exitosa capacitación de Impuesto sobre la Renta!Agradecemos al Colegio de Abogados de Honduras y a todos los profesional...
12/03/2023

Exitosa capacitación de Impuesto sobre la Renta!
Agradecemos al Colegio de Abogados de Honduras y a todos los profesionales del Derecho que nos acompañaron en esta jornada.

Para información acerca de capacitaciones, contáctanos al 9377-6132

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