08/09/2026
BUFETE AGUILAR PANTOJA ABOGADOS SEVILLA-954.096.234 / 617.899.231.
ACABO DE TENER UN ACCIDENTE DE TRÁFICO: ¿QUÉ DERECHOS TENGO?
Acabo de tener un accidente de tráfico, ¿y ahora qué hago? Si tú también te sientes perdido y no sabes ni por dónde empezar, aquí te cuento cuáles son tus derechos.
Conoce tus derechos.
Tras un accidente de tráfico, es vital saber con qué armas cuentas. Los derechos que nunca debes dejar pasar son recibir asistencia sanitaria, cobrar tu indemnización económica y elegir con total libertad a tu abogado y tu taller de confianza.
Fundamental es que desde el primer momento, y después de que seamos atendidos en urgencias, contactemos con un abogado de nuestra confianza para que de forma inmediata dé los pasos necesarios para, entre otros, reclamar la indemnización que nos corresponda.
En este sentido, tanto si eres conductor, pasajero o peatón, tus derechos son los siguientes.
Asistencia sanitaria libre y gratuita
Cuando sufrimos un accidente de tráfico, lo primero que hacemos nosotros mismos u otras personas es llamar a los servicios de urgencias. Muchas personas desconocen que las víctimas de accidentes de tráfico tienen derecho a elegir no solo el centro sanitario, sino también al médico, al especialista y dónde realizar la rehabilitación. Aunque en un primer momento el accidentado crea que no ha sufrido ningún daño, acuda a urgencias; muchas lesiones aparecen a las horas e incluso días después de haber sufrido el accidente. Por ello, te aconsejamos que siempre vayas a un centro sanitario para que te examinen y así evitar sorpresas desagradables. Es fundamental hacerlo dentro de las 72 horas posteriores al accidente.
Los pacientes tienen derecho a recibir los informes médicos de urgencias y de alta, los cuales deben detallar el diagnóstico de las lesiones, el tratamiento recibido y el periodo de hospitalización. Si se requiere tratamiento ambulatorio posterior, el informe de alta final especificará de forma detallada la evolución y las posibles secuelas o limitaciones. Por su parte, el afectado debe facilitar al centro sanitario la fecha y lugar del accidente, los datos de los vehículos y conductores implicados y una copia de la póliza del seguro obligatorio. La asistencia inicial a la persona lesionada y su posterior recuperación pueden realizarse tanto en centros de la Seguridad Social como en hospitales privados. También es posible acudir a la mutua colaboradora, siempre que se trate de un accidente laboral.
En cuanto a los costes derivados de los servicios médicos, serán las aseguradoras quienes corran con los gastos. La asistencia sanitaria será gratuita sin penalización para tu póliza; esto incluye todas las consultas con los especialistas que sean necesarias para el tratamiento y rehabilitación de las lesiones hasta que estés completamente recuperado.
Derecho a elegir un abogado
Cuando se ha tenido un accidente de tráfico, podemos elegir libremente al abogado que deseemos para que defienda nuestros intereses, según se recoge en el artículo 76 d de la ley 50/80 de contrato de seguro, donde dice: «El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento».
Queda claro que es un derecho que tenemos por ley y las aseguradoras no pueden oponerse a ello; lo que no aconsejamos es que esta labor la realice el abogado de tu compañía de seguros. ¿Motivo? Normalmente va a velar más por los intereses de la compañía que por los tuyos.
Las pólizas de seguros habitualmente incluyen la defensa jurídica, por la que la compañía de seguros debe hacerse cargo de los gastos y minuta del abogado elegido por el lesionado.
Existen dos vías para reclamar un accidente de tráfico:
Reclamación extrajudicial. Se realiza de forma amistosa y nos evita tener que ir por la vía judicial. Actualmente, es un trámite obligatorio, independientemente de que después queramos interponer una demanda contra el contrario.
Reclamación civil. Se realiza cuando la reclamación extrajudicial falla.
Derecho a indemnización
Cuando se tiene un accidente de tráfico, tanto el conductor como el resto de los ocupantes del vehículo tienen derecho a una indemnización. Por tanto, es el seguro quien tiene la obligación de indemnizar por todos los daños y perjuicios.
Los daños a indemnizar pueden ser:
Daños personales. Son los daños que sufre la persona que ha sufrido el accidente, ya sean físicos o psicológicos. Estos daños serán valorados por un perito médico.
Daños materiales. Cualquier daño físico que haya sufrido el vehículo y los objetos que llevemos en ese momento, como pueden ser gafas, móviles... Incluyen también cualquier perjuicio económico que sufra la víctima y las ganancias que haya dejado de percibir debido al accidente.
Libre elección de taller
A la hora de reparar nuestro vehículo, seremos nosotros quienes elijamos el taller donde llevarlo y no la compañía aseguradora; lo contrario es ilegal (artículo 18 Ley 50/1980).
En Bufete Aguilar Pantoja Abogados Sevilla, llevamos con éxito cientos de casos. Te recomendamos que, cuanto antes, te asesores con nosotros. Si tienes cualquier duda sobre tu caso particular, anímate a llamarnos. Como especialistas en accidentes de tráfico e indemnizaciones, te ayudaremos y orientaremos. Pide tu cita y te asesoraremos de forma clara y concisa sobre tu caso particular.
https://www.elabogado.com/abogados/abogado-juan-carlos-aguilar-pantoja/publicaciones/acabo-de-tener-un-accidente-de-trafico-que-derechos-tengo-/
https://www.bufeteaguilarpantoja.es/?fbclid=IwY2xjawUMuwlwZG9mAWV4dG4DYWVtAjEwAGJyaWQRME44eHcxRUpBVWlsa3R0QzJzcnRjBmFwcF9pZBAyMjIwMzkxNzg4MjAwODkyAAEeIhwjROjVJN8NEaiN1Sdo8dTpYLW8MaLZeuO40YWhKdoFKJDTxoFN43A_afk_aem_tlmR3IyKISt6esnoQMt-cw