31/07/2026
Ya a punto de empezar Agosto… este post es casi obligatorio.
Sabemos que muchos plazos procesales “paran” por ser Agosto un mes inhábil.
🚨Peeeeeeeeerooooooo en la jurisdicción social existen materias para las que Agosto si será hábil. ‼️
Por eso necesitamos recordar:
El plazo para impugnar un despido (presentar conciliación y demanda) es de 20 días hábiles tras la comunicación de la extinción. En caso de despidos el mes de Agosto es hábil, así que si te despiden durante este mes ¡está corriendo el plazo! ⚠️⚠️⚠️
Agosto también es hábil, entre otros, para: conciliación de la vida personal, familiar y laboral; altas médicas; modificación sustancial de las condiciones de trabajo; movilidad geográfica, extinción de contrato art. 50; vacaciones; materia electoral; conflictos colectivos; tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.
¡Y recuerda que a efectos administrativos el mes de Agosto sigue siendo hábil también!
Por aquí seguimos en marcha, así que si te encuentras sorpresas laborales en agosto contacta a tu