28/05/2026
A día de hoy, el control horario de los trabajadores en España se realiza combinando métodos tradicionales y soluciones tecnológicas, ya que 𝐞𝐥 𝐩𝐚𝐩𝐞𝐥 𝐭𝐨𝐝𝐚𝐯𝐢́𝐚 𝐞𝐬 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥. No obstante, la Inspección de Trabajo y la jurisprudencia exigen que cualquier sistema cumpla estrictamente con tres requisitos fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐨𝐛𝐣𝐞𝐭𝐢𝐯𝐨, 𝐟𝐢𝐚𝐛𝐥𝐞 𝐲 𝐚𝐜𝐜𝐞𝐬𝐢𝐛𝐥𝐞.
Sea cual sea el método que utilice tu empresa hoy, debe cumplir obligatoriamente con lo siguiente:
📌Registrar los descansos: No basta con la anotación diaria de la hora de entrada y salida y que dichos datos sean inalterables, sino que se deben reflejar las pausas diarias (comida, descansos no computables) para verificar la jornada efectiva.
📌Disponibilidad inmediata: Si la Inspección de Trabajo acude a la empresa o lo solicita de forma remota, los registros deben poder entregarse en ese mismo instante.
📌Custodia: Las hojas firmadas o los archivos digitales deben guardarse de forma segura durante un mínimo de 4 años y mantenerlos a disposición de las personas trabajadoras, su representación legal y la Inspección de Trabajo, y si el registro es manual la Inspección puede recabar originales, solicitar copia y practicar actuaciones de comprobación sobre los documentos.
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