05/02/2021
DECRETO EJECUTIVO N° 1240
ESTRACTO:
1. Pagar el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2020, que, de conformidad con la normativa tributaria, debe declararse y pagarse en los meses de enero a febrero de 20201, hasta el mes de noviembre del mismo año. (EN SINTESIS SOLO SE SUSPENDE EL PAGO HASTA NOVIEMNBRE DEL 2021)
2. Sin perjuicio de lo señalado, aquellos pagos por concepto de intereses y multas efectuados hasta antes de la vigencia de la presente disposición, según corresponda, no dará lugar a reclamos por pago indebido, y:
3. Pagar el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2021, a declararse de manera semestral en los meses de julio de 2021 y enero de 2022, hasta el mes de de marzo del ejercicio fiscal 2022. (ES DECIR QUE LOS VALORES POR CONCEPTO DE RENTA 20201, SE PAGARAN HASTA MARZO DEL 2022)