02/06/2026
¿Hasta dónde llegan las facultades de un ayuntamiento para regular los espacios públicos?
Por
Robert Estepan Figueroa
CEO Contrapartdigital Oficial
Una decisión aprobada este martes 02 de junio durante la sesión ordinaria del Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Azua de Compostela ha abierto un interesante debate sobre el alcance de las competencias municipales en materia de convivencia ciudadana y seguridad pública.
Los regidores aprobaron por unanimidad dos resoluciones orientadas a regular el uso de espacios públicos del municipio, una que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el Parque La Bombita, y otra relacionada con la regulación del uso de armas de fuego en espacios públicos dentro de la ciudad.
La medida encuentra sustento en el marco de autonomía municipal establecido por la Constitución de la República y la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, que reconoce a los gobiernos locales facultades para administrar, proteger y regular el uso de parques, plazas y demás bienes públicos municipales. Asimismo, el Decreto 121-13, que crea las Mesas de Seguridad, Ciudadanía y Género, promueve acciones coordinadas entre las autoridades locales y nacionales para fortalecer la convivencia pacífica y la prevención de la violencia.
Más allá de la discusión jurídica, resulta importante comprender que los espacios públicos son bienes colectivos destinados al disfrute de toda la ciudadanía. Parques, plazas, áreas recreativas, instalaciones deportivas y zonas de encuentro comunitario constituyen escenarios donde convergen familias, niños, jóvenes, adultos mayores y visitantes. En consecuencia, los gobiernos locales tienen la responsabilidad de procurar que estos espacios se mantengan en condiciones adecuadas de seguridad, orden y convivencia. De ahí que muchas ciudades del mundo hayan adoptado regulaciones sobre actividades que puedan alterar el uso pacífico de estos lugares, tales como el consumo excesivo de alcohol, la contaminación sónica, el porte visible de armas o cualquier conducta que pueda generar riesgos para la integridad física de las personas.
En ese sentido, la discusión no debe limitarse únicamente a si existe o no una facultad legal para regular, sino también al deber que tienen las autoridades de garantizar que los espacios públicos continúen siendo lugares seguros, accesibles y aptos para el sano esparcimiento de toda la comunidad.
Estas resoluciones colocan sobre la mesa una conversación que cada vez cobra mayor relevancia en los municipios dominicanos, el papel de los gobiernos locales en la construcción de ciudades más seguras, organizadas y orientadas al bienestar colectivo. La respuesta, como siempre en democracia, no solo dependerá de lo que establecen las leyes, sino también de la capacidad de las autoridades para aplicar estas medidas con equilibrio, razonabilidad y respeto a los derechos ciudadanos.
La discusión está abierta. ¿Qué opinión le merece esta decisión aprobada por el Concejo de Regidores de Azua?