LexNova, Asesores Juridicos

LexNova, Asesores Juridicos Nuestra estrategia para hacer negocios y asesorar a nuestros clientes se basa en exceder las expectativas de servicio al cliente.

Servicios de asistencia legal en derecho comercial, civil, familia, propiedad intelectual, laboral, ambiental, migratorio, inmobiliario, registral y notarial.

23/06/2025
13/08/2020

COMUNICADO
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN EXTRANJERÍA

Tomar en consideración:

-Los plazos de vigencia de los certificados de antecedentes penales, certificados de matrimonio y de nacimiento: Se tendrán por prorrogados hasta el día 18 de setiembre, 2020.

-Plazo de presentación de prevenciones: De prorroga hasta el día 18 de setiembre, 2020.

-Recursos, Revisión: Los plazos para presentar recursos, quedarán prorrogados hasta el 18 de setiembre, 2020.

13/08/2020

Comunicado Declaración de Beneficiarios Finales (2020-2021)
Estimados Clientes,

Les informamos que el día de hoy en la Gaceta N. 201 se publicó la Resolución N° DGT-ICD-R-19-2020, Reforma a Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

El punto más importante que esta reforma dispone:

• La declaración ordinaria (declaración anual) se deberá realizar en el mes de abril 2021 para lo cual el sistema del RTBF precargará la última declaración presentada, de forma tal que el obligado pueda actualizar los datos que han cambiado o simplemente confirmar que, la declaración no tiene cambios y realice su presentación.

Me permito mencionarles otras disposiciones a considerar conforme a lo reformado en la resolución:
• Los obligados que presentaron la declaración 2019 en el sistema del RTBF, no tendrán que presentar la declaración 2020, ya que el sistema del RTBF de forma automática y por esta única vez, tendrá dicha declaración como la de ese período, sin que estos deban realizar alguna gestión adicional.
• Las personas jurídicas que se les asigne un número de cédula en el Registro Nacional, ya sea por inscripción o por solicitud de asignación, entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de marzo de 2021, no deberán presentar su primera declaración dentro de los 20 días hábiles siguientes y en su lugar, por esta única vez, la presentarán en el mes de abril de 2021.
• Las personas jurídicas que deban presentar una declaración extraordinaria o realizar correcciones de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 6 Bis, 9 y 10 de esta resolución, ya sea por cambios extraordinarios o correcciones con posterioridad al período de declaración 2019 (setiembre 2019 a abril 2020) y antes de la declaración anual de abril 2021, por esta única vez, presentarán dichos cambios en la declaración anual que se debe presentar en el mes de abril de 2021.
• Los fideicomisos, administradores de recursos de terceros y las organizaciones sin fines de lucro, que todavía no están obligados a presentar la declaración directamente en el sistema del RTBF, deben mantener la información dispuesta en el capítulo II de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal y entregarla a la Administración Tributaria cuando esta así lo requiera, hasta tanto se establezca el procedimiento para que lo presenten directamente en el sistema.

05/09/2018

Nos especializamos en Derecho de Familia, Asesoría empresarial, Derecho Notarial y Registral. Además, son expertos en sucesorios. Deje sus problemas legales en manos de expertos

14/05/2014

Somos especialistas en procesos sucesorios judiciales y notariales. Te asesoramos en la confección de testamentos.

10/05/2013

Todo vehiculo inscrito podrá cambiar su placa a Alfanúmerica

Este martes, se publicó en La Gaceta, una nueva versión del Reglamento para la Asignación de Matrícula, la emisión de placas metálicas y el documento de identificación adicional para la circulación de los vehículos automotores por las vías públicas terrestres.

Como principal novedad de estas regulaciones, en relación con la anterior versión de las mismas, encontramos la posibilidad para los propietarios de vehículos automotores inscritos, de optar por el cambio de sus placas numéricas en alfanuméricas.

Requisitos:
Los propietarios de automotores que deseen cambiar la matrícula de su automotor por una de tipo alfanumérica, deberán presentar al Registro los siguientes documentos:

a) Solicitud expresa de cambio de matrícula, suscrita por el titular registral, permitiéndose para tales efectos el uso del formulario oficial emitido por el Registro.

b) Aportar autorización del acreedor prendario, en caso de existir gravámenes de ésta naturaleza.

c) Cancelar los aranceles respectivos.

Únicamente podrán modificarse las matrículas de los automotores que se encuentren libres de gravámenes judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito, salvo la excepción antes citada de los contratos prendarios.

Información publicada en sitio web de Punto Jurídico. MasterLex

02/05/2013

Recuerden cambiar las placas metálicas de su vehículo por placas que cumplan los nuevos requerimientos de seguridad establecidos por el registro público de la propiedad.

19/02/2013

De acuerdo con el artículo 149 de Ley de Tránsito Por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial No. 9078, todos los conductores acreditados en el país deben reportar una dirección electrónica para que les notifiquen infracciones cometidas o trámites que deban realizar.

Para cumplir este requisito, el conductor tiene que llenar el formulario facilitado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). El plazo de entrega vence el 26 de abril.

Una vez completado el formulario, el interesado puede entregarlo en las delegaciones de la Policía de Tránsito, las estaciones de revisión técnica vehicular, las unidades de impugnación, las sedes de licencias y en el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), en La Uruca. Si el documento se entrega en forma física, es recomendable llevar una copia del formulario, como acuse de recibo, que sirva de respaldo y de comprobante de que lo entregó a tiempo.

En caso de que el conductor posea firma digital, puede enviarlo a la dirección de correo: [email protected].

Cabe destacar que las personas que no suministren esa dirección no podrán aducir que no fueron notificadas, pues les será asignada una automáticamente o bien notificados vía La Gaceta.

En LexNova, Asesores Jurídicos le completamos el formulario y se lo entregamos con copia de recibido por 15.000 colones. Contactá a tu abogada para iniciar con este proceso.

16/01/2013

Anunciamos la incorporación de Licda. Flaque a nuestro despacho para asuntos en derecho comercial, asesoría de empresas en general, además de ser notaria pública.
Licda. Flaque podrá atender clientes europeos por su fluidez en el idioma del francés.

Dirección

Barrio Dent
San José

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