Na-Jus Asesoría Jurídica

Na-Jus Asesoría Jurídica Quienes Somos Nace como una iniciativa de su fundador, el Lic. Jonathan García Quesada.

Un joven visionario contemporáneo, que concibió, en un mundo globalizado, dar soluciones integradas, satisfaciendo las necesidades y expectativas del mercado con una visión holística. Nuestra Visión como empresa es la de consolidarnos como una corporación de primer nivel en servicios profesionales, y de reconocida excelencia en el servicio y la calidad del factor humano. Todos nuestros esfuerzos e

stán encaminados a complacer las más altas exigencias. Nos hemos procurado cumplir las necesidades y expectativas de nuestros clientes. La constante capacitación es patente de la excelencia y calidad que en Na-Jus Asesoría Jurídica nos hemos planteado satisfacer. Acompáñenos porque en Na-Jus Asesoría Jurídica caminamos hacia el futuro… de la mano con usted!!!

23/05/2012
06/01/2012

En Na-Jus Asesoría Jurídica le asesoramos sobre los alcances, riesgos, ventajas y desventajas de la nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.

Asesórese con nosotros. Será un placer servirle.

TEL. 8654-3680 / 2494-3650

06/01/2012

»Rige a partir del 1 de abril de 2012
»Sociedades activas pagarán 50% salario base
»Sociedades inactivas pagarán 25% salario base
»Notarios podrán disolver sociedades cuando exista acuerdo por unanimidad de los socios
»Representantes legales de las sociedades serán solidariamente responsables por el no pago del impuesto
»Representantes legales contarán con un año para renunciar a sus cargos mediante protocolización de la comunicación respectiva en el domicilio social registrado
»Traspasos de bienes de sociedades inactivas gozarán de un plazo de seis meses de exención de impuesto de traspaso y timbres.

06/01/2012

Nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

06/01/2012

En Na-Jus Asesoría Jurídica le brindamos la mas profesional asesoría sobre esta nueva Ley de impuesto a las Personas Jurídicas.
Contáctenos que con gusto evacuaremos sus dudas

06/01/2012

Nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas
Rige a partir del 1 de abril de 2012
»Sociedades activas pagarán 50% salario base
»Sociedades inactivas pagarán 25% salario base
»Notarios podrán disolver sociedades cuando exista acuerdo por unanimidad de los socios
»Representantes legales de las sociedades serán solidariamente responsables por el no pago del impuesto
»Representantes legales contarán con un año para renunciar a sus cargos mediante protocolización de la comunicación respectiva en el domicilio social registrado
»Traspasos de bienes de sociedades inactivas gozarán de un plazo de seis meses de exención de impuesto de traspaso y timbres.

15/11/2011

Bienvenidos a nuestra empresa. Esperamos poder servirles de la mejor manera, satisfaciendo sus necesidades y expectativas

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150 METROS SUR DE PALÍ

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